Hola Buenas Noches!
Estoy recién iniciándome en el ámbito civil, así que agradecería que pudieran ayudarme. Tengo para notificar un traslado de demanda, el tema es que excede las 50Fs entre la demanda y la documental. Habitualmente, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 189/07 del Consejo de la Magistratura y lo decidido en la Resolución N° 3909/10 del Expte. 3141/10 de la CSJN, no se diligenciaran aquellas cédulas en que se adjunten mas de 50 copias, el tema es que el juzgado no dijo nada al respecto.
En otro juzgado me pasó exactamente lo mismo. No se si es habitual que haya que pedirlo,(he visto otros despachos en los que el juzgado ya lo dice en el primer despacho) pero los juegos de copias ya los tenía armados desde antes de iniciarlo, así que no tiene sentido pedir eximición.
Alguien puede orientarme? Presento un escrito manifiestando la cantidad de copias y solicitando dejarlas en el tribunal para que la interesada las retire, dejando debida constancia?
Gracias!
Estoy recién iniciándome en el ámbito civil, así que agradecería que pudieran ayudarme. Tengo para notificar un traslado de demanda, el tema es que excede las 50Fs entre la demanda y la documental. Habitualmente, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 189/07 del Consejo de la Magistratura y lo decidido en la Resolución N° 3909/10 del Expte. 3141/10 de la CSJN, no se diligenciaran aquellas cédulas en que se adjunten mas de 50 copias, el tema es que el juzgado no dijo nada al respecto.
En otro juzgado me pasó exactamente lo mismo. No se si es habitual que haya que pedirlo,(he visto otros despachos en los que el juzgado ya lo dice en el primer despacho) pero los juegos de copias ya los tenía armados desde antes de iniciarlo, así que no tiene sentido pedir eximición.
Alguien puede orientarme? Presento un escrito manifiestando la cantidad de copias y solicitando dejarlas en el tribunal para que la interesada las retire, dejando debida constancia?
Gracias!