Te hago una consulta, un tema que se me complico,
Una clienta registrada como cajera cat A) empleado de comercio, 4 años de antiguedad.- Hace un año, empieza sufrir maltrato por un nuevo encargado. en diciembre la sancionan por no ticar un cafe; 2 días suspensión, la mujer consiente para no tener problemas.
Le empiezan a retener sumas de dinero, supuestamente porque falta mercadería (marzo y abril por $1100 y $1200, le quieren hacer firmar recibos en blanco, se niega, como en los recibos haberes no consta retencion por faltante se niega a suscribir el recibo por las sumas que ellos manifiestan, que seria lo que deberia cobrar)
En mayo, ante el apriete a que firme, saca licencia psiquiatrica, que renueva mensualmente, con estudios y medicada. se reintegran a trabajar, durante esos meses no le dan recibos, es mas creo que no se esperaban que volviera a trabajar.-
La tiene trabajando sin francos durante 15 dias (corresponde 1 c/5 dias), reclama se le paguen sumas que le retuvieron indebidamente verbalmente. Como no obtiene respuesta, intima pago de sumas retenidas marzo y abril $1200 cada mes, retiene fuerza laboral. Rechazan tcl. y remiten una cd sancionandola 2 dias por no haber hecho recuento de stock de mercaderias en el establecimiento. Contestamos reiterando intimacion de pago de sumas indebidamente retenidas, e impugno sancion, por improcedente, no corresponder a su tarea (cajera cat A) .-
me ratifican sanción, atento a la costumbre y me niegan retener sumas indebidas. me reconocen que retuvieron $700 en concepto a faltante de caja mes de abril 2013, y que ella estuvo de acuerdo en que retuvieran sumas de dinero por faltante de stock de mercaderias, e intiman a que se presente a trabajar bajo apercibimiento de abandono trabajo.-
lo cierto es que mi clienta ya no quiere volver a trabajar teme que le hagan una cama, pudo ver que le revisaban su billetera y abrigo, siendo lo unico que lleva por temor.
entiendo que la situacion torna imposible el restablecimiento de la relación laboral, pero no me convence darme por despedida.-
tengo que contestar la cd, y no se si con la negativa a pagar las sumas retenidas indebidamente me puedo dar por despedida. Alguna opinion?
Una clienta registrada como cajera cat A) empleado de comercio, 4 años de antiguedad.- Hace un año, empieza sufrir maltrato por un nuevo encargado. en diciembre la sancionan por no ticar un cafe; 2 días suspensión, la mujer consiente para no tener problemas.
Le empiezan a retener sumas de dinero, supuestamente porque falta mercadería (marzo y abril por $1100 y $1200, le quieren hacer firmar recibos en blanco, se niega, como en los recibos haberes no consta retencion por faltante se niega a suscribir el recibo por las sumas que ellos manifiestan, que seria lo que deberia cobrar)
En mayo, ante el apriete a que firme, saca licencia psiquiatrica, que renueva mensualmente, con estudios y medicada. se reintegran a trabajar, durante esos meses no le dan recibos, es mas creo que no se esperaban que volviera a trabajar.-
La tiene trabajando sin francos durante 15 dias (corresponde 1 c/5 dias), reclama se le paguen sumas que le retuvieron indebidamente verbalmente. Como no obtiene respuesta, intima pago de sumas retenidas marzo y abril $1200 cada mes, retiene fuerza laboral. Rechazan tcl. y remiten una cd sancionandola 2 dias por no haber hecho recuento de stock de mercaderias en el establecimiento. Contestamos reiterando intimacion de pago de sumas indebidamente retenidas, e impugno sancion, por improcedente, no corresponder a su tarea (cajera cat A) .-
me ratifican sanción, atento a la costumbre y me niegan retener sumas indebidas. me reconocen que retuvieron $700 en concepto a faltante de caja mes de abril 2013, y que ella estuvo de acuerdo en que retuvieran sumas de dinero por faltante de stock de mercaderias, e intiman a que se presente a trabajar bajo apercibimiento de abandono trabajo.-
lo cierto es que mi clienta ya no quiere volver a trabajar teme que le hagan una cama, pudo ver que le revisaban su billetera y abrigo, siendo lo unico que lleva por temor.
entiendo que la situacion torna imposible el restablecimiento de la relación laboral, pero no me convence darme por despedida.-
tengo que contestar la cd, y no se si con la negativa a pagar las sumas retenidas indebidamente me puedo dar por despedida. Alguna opinion?