Sailaw escribió:No hace falta escritura para la sucesión. solo denunciarlo y presentar en su oportunidad dominio. Si el causante recibió por cesión de derechos hereditarios el inmueble, esa cesión se debe presentar en el sucesorio del titular de dominio, y se inscribe a su nombre, luego el testimonio inscripto se presenta en el sucesorio del mismo. Complicadito.
Hice la sucesión de X y aún no denuncie este bien objeto del desalojo, cuando pido la escritura a mis clientes me dan una carpeta que contiene: el testimonio de la declaratoria de herederos de un tal A,
una cesión de derechos que los herederos de A le hacen a B (hay una inscripción del Reg. Propiedad inmueble pero no identifica ningún inmueble)
y otra cesión de derechos que B le hace a X (con otra inscripción en el Reg. Prop, Inmueble que tampoco identifica ningún bien, por el sello fue hecho el mismo día que la inscripción anterior y tiene los mismos datos y ambas dicen -con relación a 1057/63)
El expte de A esta archivado, si pido un asiento registral de la propiedad voy a saber se se efectuaron las inscripciones de las cesiones, cuando termine el desalojo y mis clientes vendan el inmueble, me sirve ese asiento o es mejor que pida un segundo testimonio de la escritura?