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  • Rechazo del seguro de vida en crédito personal

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #995119  por BogaLucho
 
Estimados,

Les presento el siguiente caso.

Tengo una familia que me trajo la sucesión de su padre al estudio y me quedó un trámite colgado ajeno a la sucesión que no se como resolver.

El fallecido toma un crédito personal de $15.000 en el Banco Hipotecario. Posteriormente fallece, se presenta el certificado de defunción y la aseguradora del BH (BHN VIDA SA) no quiere cancelar el crédito afirmando que había enfermedades preexistentes y que el fallecido tuvo reticencia en declarar. Por eso BHN VIDA mando una carta documento solicitando a mi clienta copia de la historia clínica del titular del crédito. Yo tengo las copias en mi poder y son dos historias clínicas: 1) La de la "Clínica del corazón" (inzafable hasta en el nombre, jjaja :mrgreen: ); y, 2) La de su internación la noche en que falleció por un ACV hemorrágico. Hasta que me trajeron el caso paso un tiempo largo y cuando llamé al sector de Siniestros de BHN VIDA SA me dijeron que el tramite estaba rechazado internamente desde hacía mucho y que lo que podía hacer era solicitar una reconsideración del rechazo. Le respondí amablemente a la srta. que esas cosas se notifican fehacientemente y que a mi clienta jamás le llegó ningún tipo de comunicación, pero que le agradecía la información. ME paso el apartado de correo donde se mandan estas copias y ahí quedo todo.

Datos clave del caso:

FEB 2012: Entrega del crédito. Monto $15.000. Se fueron abonando todas las cuotas religiosamente.
AGO 2012: Fallecimiento. (ACV Hemorrágico).
SEP 2012: Pago última cuota y presentación Certificado defunción.
SEP 2012: Intimación a acompañar copias historia clínica de 2010 hasta defunción.
NOV 2012: Rechazo (interno) de la cobertura que jamas nos fue notificado.

OCT 2013: Me traen el trámite. Llamo a la aseguradora y me avisan del rechazo de Nov 2012, me dicen que pida una reconsideración junto con la documental.

Las dudas que yo tengo son las siguientes:
1) Dejo todo como está y espero a que ellos hagan un reclamo? Lo único que me frena de hacer esto es que en un par de años le llegue un abultado reclamo judicial.

2) Mando el sobre con las historias clínicas? Trate de averiguar como fue la toma del crédito pero el fallecido fue sin la mujer y no se si la planilla de enfermedades se hizo o no y si se hizo y la llenó toda el empleado sin consultar, o si el fallecido directamente dijo que no a todo. El problema de mandar las historias clínicas es que una tiene el detalle de todas las intervenciones que le hicieron en el corazón, y la historia del fallecimiento si bien dice que fue por ACV hemorrágico también consta que tenía aneurisma, hipertensión y diabetes. Además estuve buscando y a no saben que cosas causan un ACV entre otras... :twisted:

3) Mando a mi clienta a la OMIC?

Si a alguno les parece cuestiones bobas, les pido disculpas pero hace un año y pico que estoy ejerciendo. También me fije en los resultados de este foro y solo había un par de topicos relacionados a lo que pregunto y no me aportaron mucho.

Gracias por sus respuestas!

Lucho.
 #1024915  por BogaLucho
 
Bueno, como nadie se copó con el hilo, aporto lo que hice yo.

El banco si llamó para cobrar la deuda, y ahí mismo presente una denuncia en Defensa del Consumidor.

Tuvimos la primera reunión en la OMIC. El abogado del banco y la aseguradora no fue pero mandó un correo electrónico (?) diciendo que el banco quedaba afuera por ser una cuestión de seguros y no de defensa del consumidor, y que la aseguradora no pagaba nada porque habían obtenido la historia clínica de mi cliente y consideraban que fue reticente.

Ante eso, deje constancia en el acta que:
1) Mi clienta pago siempre y cumplió con todo lo que le pidió el banco y la aseguradora, inclusive cuando esto la perjudicó claramente como en el caso de mandar la historia clínica de su fallecido marido. Que las requeridas se manejaron de mala fe ya que nunca fueron claras sobre las responsabilidades de cada una, ni sobre el procedimeinto que estaban llevando a cabo, inclusive una vez que se determinó unilateralmente la negación de la cobertura, tardaron 1 año en avisarle y fue telefónicamente. En esa oportunidad le preguntaron si pagaba o si mandaban el caso a un estudio de abogados y nada más. Las empresas nunca iniciaron los procesos correspondientes para desvirtuar la póliza, ni la notificaron fehacientemente de su condición de deudora;

2) El que tiene el problema de seguros es el banco con su aseguradora, ya que el beneficiario y tomador del seguro de vida es el banco y no mi clienta, y es el banco el que debería haber tomado los recaudos para comprobar la salud del fallecido, y reclamar a la aseguradora el pago del seguro de vida y no trasladarle esa carga a mi clienta;

3) El actuar de las empresas implica un abuso de su posición y un mecanismo sistemático de violación de derechos ya que el crédito es otorgado con una declaración jurada sobre el estado de salud del tomador del crédito y no se hace ninguna verificación, siendo que hoy en día, se puede obtener una historia clínica con solo apretar un botón y ya no es tan complicado como antes. Además siendo la aseguradora del mismo grupo empresario que el banco otorgante del crédito, se crea una situación conflictiva: el banco no revisa la salud del tomador y posteriormente, cuando el deudor fallece se obliga a los deudos a presentar (art. 46 Ley 17.418), además del certificado de defunción, historia clínica del paciente, más la historia clínica del momento de la internación (si se produjo) antes del fallecimiento.

Entonces, lo que hacen ambas empresas es encerrar al consumidor en un callejón sin salida, ya que el primero no verifica el estado de salud ni cumple con sus derechos de beneficiario del seguro, y la aseguradora obliga a los deudos a presentar documentación altamente autoincriminatoria para poder elegir a gusto la causa de "reticencia". (Ojo, no estoy en contra del art. 46 Ley de seguros, sino de como se usa en este caso).

4) Como el crédito lo tomo el fallecido solamente y la forma de chequear la salud por parte del banco es por lo menos imprudente, solicite una nueva audiencia donde se exhiba el original de la declaración jurada de salud del fallecido. Con esto busco que si algún empleado del banco la lleno con posterioridad (como habitualmente pasa) o el cuestionario es deficiente, poder eximir de responsabilidad a mi clienta y dejarlo como un conflicto propio del banco, o entre este y la aseguradora.

Todas las sugerencias y comentarios son bienvenidos.

Saludos!
 #1184461  por mlse
 
Hola BogaLucho, estoy con un caso similar al tuyo.
En mi caso, hay sucesión iniciacia, sin declaraoria de herederos aún.
Se comunica telefonicamente el Banco, informando que la aseguradora (no pertenece al Banco) rechazo el pago de la poliza por considerar que el fallecido padecía de una enfermedad preexistente.
El Banco busca llegar a un acuerdo para el pago de la deuda y evitar así presentarse como acreedor en el juicio sucesorio. Ellos recomienda que mis clientes paguen y despues reclamen a la aseguradora
Como me acoonsejas que proceda?