Hola colegas, el caso es el siguiente: mi cliente presta una casita a una familia (a pedido de un amigo) que no tenia donde vivir. esto hace 8 años aproximadamente. firma un contrato en una escribanía por el término de 1 año. ahora bien. mi cliente (comodante) no figura como propietario, ya que es heredero de quien fuera en vida el dueño, creo que es nieto, y solo tiene un papel donde los herederos se ponen de acuerdo en que le toca a cada uno.
la familia siguió quedándose, el lo toleró por unos años. luego (hace como 2 años) fue a ver a un abogado. le entregó a este abogado el contrato de comodato que tenia. (ni copia se hizo quedar). mandan carta documento. no hay respuesta alguna. queda todo ahí.
ahora vuelve y el abogado le dice que no encuentra su carpeta (o sea, no se donde estará el contrato).
PREGUNTAS:
1)En caso de que encontrara el contrato escrito, es necesario hacer la medida preliminar para constatar la identidad de los ocupantes y a titulo de que lo hacen?
2) si no lo encuentra, es necesario pedir esa medida previo a iniciar desalojo?
3) es verdad que si el comodatario dice que es poseedor se cae la acción de desalojo? o es necesario que lo pruebe? puede alegar ser poseedor aunque exista un contrato escrito de comodato?
4) supongamos que no sea viable la acción de desalojo por el motivo anterior, mi cliente, como herederos, sin declaratoria, ni juicio sucesorio abierto, puede iniciar la acción reivindicatoria? o debe iniciar el suceorio y obtener declaratoria para estar legitimado?
desde ya gracias a quien se moleste en respnder
la familia siguió quedándose, el lo toleró por unos años. luego (hace como 2 años) fue a ver a un abogado. le entregó a este abogado el contrato de comodato que tenia. (ni copia se hizo quedar). mandan carta documento. no hay respuesta alguna. queda todo ahí.
ahora vuelve y el abogado le dice que no encuentra su carpeta (o sea, no se donde estará el contrato).
PREGUNTAS:
1)En caso de que encontrara el contrato escrito, es necesario hacer la medida preliminar para constatar la identidad de los ocupantes y a titulo de que lo hacen?
2) si no lo encuentra, es necesario pedir esa medida previo a iniciar desalojo?
3) es verdad que si el comodatario dice que es poseedor se cae la acción de desalojo? o es necesario que lo pruebe? puede alegar ser poseedor aunque exista un contrato escrito de comodato?
4) supongamos que no sea viable la acción de desalojo por el motivo anterior, mi cliente, como herederos, sin declaratoria, ni juicio sucesorio abierto, puede iniciar la acción reivindicatoria? o debe iniciar el suceorio y obtener declaratoria para estar legitimado?
desde ya gracias a quien se moleste en respnder


