Buenos dias a todos.
Tengo el siguiente caso, en un contrato de alquiler una señora es fiadora en nombre de sus dos hijos de los cuales tiene poder de administracion y disposicion sobre el inmueble 1.
El inquilino incumple el contrato quedandose 3 meses mas de lo pactado, y se inicia el juicio para cobrar lo adeudado, intereses y punitorios.
La actora solicita embargo sobre un bien 2, no sobre el 1. Este bien 2 es propiedad de los hijos pero nunca le dieron poder a la señora para administrar o disponer de ese bien.
La actora aduce que al firmar la señora como fiadora lisa y llana, eso implica que los hijos se constituyen en fiadores lisos y llanos y por lo tanto con todo su patrimonio.
Me parece una barrabasada, y aun mas que el juez haya trabado ese embargo. Nadie puede transmitir mas derechos que los que tiene. Si tiene un poder sobre un bien, no puede entenderse que ese poder se extiende al resto del patrimonio. Segun mi humilde entender, al extralimitarse de lo que dice el poder, la señora pasa a responder con su patrimonio, pero no los poderdantes.
Planteamos la nulidad del embargo, basado en que el bien en cuestion no formaba parte de la garantia pero fue denegada.
Cual seria el paso a seguir? Pedir el levantamiento del embargo? y despues apelarlo en caso que sea denegado?
Tengo el siguiente caso, en un contrato de alquiler una señora es fiadora en nombre de sus dos hijos de los cuales tiene poder de administracion y disposicion sobre el inmueble 1.
El inquilino incumple el contrato quedandose 3 meses mas de lo pactado, y se inicia el juicio para cobrar lo adeudado, intereses y punitorios.
La actora solicita embargo sobre un bien 2, no sobre el 1. Este bien 2 es propiedad de los hijos pero nunca le dieron poder a la señora para administrar o disponer de ese bien.
La actora aduce que al firmar la señora como fiadora lisa y llana, eso implica que los hijos se constituyen en fiadores lisos y llanos y por lo tanto con todo su patrimonio.
Me parece una barrabasada, y aun mas que el juez haya trabado ese embargo. Nadie puede transmitir mas derechos que los que tiene. Si tiene un poder sobre un bien, no puede entenderse que ese poder se extiende al resto del patrimonio. Segun mi humilde entender, al extralimitarse de lo que dice el poder, la señora pasa a responder con su patrimonio, pero no los poderdantes.
Planteamos la nulidad del embargo, basado en que el bien en cuestion no formaba parte de la garantia pero fue denegada.
Cual seria el paso a seguir? Pedir el levantamiento del embargo? y despues apelarlo en caso que sea denegado?

