En el primer despacho se me intima a denunciar CCT bajo apercibimiento de archivo. El problema es que al tipear el consituido en la demanda, hubo un error en el número y me enviaron la cedula a otra direccion, con lo cual lógicamente del casillero no me avisaron nada. El auto se encuentra firme y vencido el plazo de tres dias.
La consulta es que ocurre si se ordena el archivo? Se debe iniciar nuevamente? De ser así, puede el demandado oponer excepción de cosa juzgada en el nuevo proceso? Aclaro que la causa tramita en Morón. Desde ya muchas gracias
La consulta es que ocurre si se ordena el archivo? Se debe iniciar nuevamente? De ser así, puede el demandado oponer excepción de cosa juzgada en el nuevo proceso? Aclaro que la causa tramita en Morón. Desde ya muchas gracias