Me quiero sacar una duda. Me vinieron a consultar dos trabajadores que viven hace díez años en el país. Tienen residencia precaria ( no tienen DNI), son de nacionalidad Paraguaya. Fueron despedidos. Para iniciar la demanda en jurisdicción de provincia de Buenos Aires, tengo que ir al Juzgado de turno y hacerle firmar un poder a los efectos de poder representarlos en juicio. El tema es que ¿Pueden firmar el poder solo con la la credencial de residencia precaria ya que el art.26 de la ley 11653 -requisitos nde la demanda-, nada dice del DNI ? ¿ A los efectos del sorteo de la causa, acompaño esa documentación? ¿ Tuvieron algún caso?.
Saludos.
Gracias.
Y Buen comienzo de actividad para todos.
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