Hola a todos, quisiera saber en el caso de que se incumpla una medida cautelar y que el juez en la sentencia interlocutoria pone textualmente: " En caso de incumplimiento de la manda judicial y/o demora se dará intervención a la justicia penal para que investigue la eventual comisión de un delito de acción publica..." la pregunta es: quien debe dar a conocer al agente fiscal en turno sobre la comisión del delito; ¿ el juez de primera instancia es el que se encarga de todo o el abogado debe abrir otro expte en el fuero penal? y como debo proseguir? Desde ya muchas gracias por responder a mis dudas.-