Mi pregunta quizás sea una tontera, pero prefiero sacarme la duda. Mi cliente provoco un accidente de autos, y no tiene seguro, por lo que lo intimaron a abonar los daños como corresponde, y llegamos a un arreglo por que el juicio lo pierde seguro. Ahora bien, desconozco si el conductor reclamante es titular del vehiculo o solo es el poseedor por que no hizo transferencia. Ya que el legitimado activo puede ser el titular, poseedor o conductor, supongamos que el no es el titular y llegamos al acuerdo, firmado en escribanía. En caso que posteriormente me quisiera demandar el titular, podría hacerlo? o al presentar el convenio donde se abono la reparación su demanda constituiría enriquecimiento sin causa? Yo creo que es así, pero ustedes que opinan?
