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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1019396  por diego79
 
Hola amigos, los molesto porque me llegó un nuevo caso y tengo una inquietud, se trata de un señor (de 56 años de edad, camionero autónomo y está aportando actualmente) que le acaban de emitir un Certificado de discapacidad porque realmente viene teniendo muchos problemas de salud últimamente, el tema es que no se cual beneficio previsional será el mas apto para tramitarle, minusvalía, RTI, Pension no contributiva? Uds. que me aconsejan? Desde ya muchas gracias.-
 #1019414  por Roxana2014
 
Hola, Diego:

Yo, voto por el RTI. Recordá que tu cliente, es aportante, y por lo tanto, con el 66 % de incapacidad laborativa, comprobada, es suficiente. En cambio, para adquirir 1 Pensión No Contributiva o Asistencial, es necesario: tener un 76 % de incapacidad laborativa ( intelectual o física). Hay que llegar al 66 %......imaginate llegar al 76 % de incapacidad. Pero, n o te preocupes, porque si te dan el 20 % ( ante la comisión médica), es 1 triunfo, ya que podrás recurrir ante la CARSS ( y a veces, ganas). Es asunto de las incapacidades, en este país, es todo 1 tema.
Saludos.

Atte.
Roxana
 #1019635  por diegomdp
 
Roxana2014 escribió:Hola, Diego:

Yo, voto por el RTI. Recordá que tu cliente, es aportante, y por lo tanto, con el 66 % de incapacidad laborativa, comprobada, es suficiente. En cambio, para adquirir 1 Pensión No Contributiva o Asistencial, es necesario: tener un 76 % de incapacidad laborativa ( intelectual o física). Hay que llegar al 66 %......imaginate llegar al 76 % de incapacidad. Pero, n o te preocupes, porque si te dan el 20 % ( ante la comisión médica), es 1 triunfo, ya que podrás recurrir ante la CARSS ( y a veces, ganas). Es asunto de las incapacidades, en este país, es todo 1 tema.
Saludos.

Atte.
Roxana

roxana dos cosas

1) las incapacidades no las determinan los mismos medicos para un pnc y para un rti con lo cual un 76 de pnc es muchas veces un porcentaje mucho menor en una rti, todo dependera de la patologia, con lo cual rti hay que manejarse con su baremo, en cambio en pnc a cualquiera le dan la discapacidad, ahora puede que se hayan puesto un poco mas estrictos, ya que vi algunas pensiones que als vuelto a revisar ya que las autorizaciones meduicas para discapacidad venian recontra flojitas de papeles.

2) no podes apelar un dictamen de discapacidad a la carss es error de concepto, el procedimiento de apelacion de una rti esta previsto en el articulo 49, primero comicion medica central y luego camara federal de la seguridad social.

2
 #1019661  por marita12
 
Roxana2014 escribió:Hola, Diego:

Yo, voto por el RTI. Recordá que tu cliente, es aportante, y por lo tanto, con el 66 % de incapacidad laborativa, comprobada, es suficiente. En cambio, para adquirir 1 Pensión No Contributiva o Asistencial, es necesario: tener un 76 % de incapacidad laborativa ( intelectual o física). Hay que llegar al 66 %......imaginate llegar al 76 % de incapacidad. Pero, n o te preocupes, porque si te dan el 20 % ( ante la comisión médica), es 1 triunfo, ya que podrás recurrir ante la CARSS ( y a veces, ganas). Es asunto de las incapacidades, en este país, es todo 1 tema.
Saludos.

Atte.
Roxana
¿La misma Roxana que insulto a Mario por mandarla a ver a un profesional?
O yo me estoy viniendo loca o que alguien me lo explique!
 #1019686  por drelinag
 
caradura, encima asesora mal ¡ves porque hay que ir a un previsionalista y no se puede asesorar por este medio? ella misma es el ejemplo ¡imaginate si el forista que consulto le hiciera caso! lo manda al muere y le hace perder un monton de tiempo :x
 #1019690  por andre80
 
Dios los cría.. diego79 no era el que se hacia pasar por abogado un tiempo atras? la otra se hace pasar por particular y resulta que no es una simple particular, debe hacer gestoria y por eso viene a buscar ayuda y encima se la agarra con uno de los foristas que más ayudan y participan.
 #1019716  por dagaboasol
 
De lo que me vengo a enterarrrr, jajajaj. Ahhh buenoooo.

Una don nadie viene hacerse la abogaducha x aca??? Me muero muerta. :shock:

Justo a nosotros, queres engañar?? 8)
Pero vos estas drogada? Sabes lo q t falta?????

...yo voto...Pero que pedorrada.
 #1019896  por zaffaroni
 
diego79 escribió:Hola amigos, los molesto porque me llegó un nuevo caso y tengo una inquietud, se trata de un señor (de 56 años de edad, camionero autónomo y está aportando actualmente) que le acaban de emitir un Certificado de discapacidad porque realmente viene teniendo muchos problemas de salud últimamente, el tema es que no se cual beneficio previsional será el mas apto para tramitarle, minusvalía, RTI, Pension no contributiva? Uds. que me aconsejan? Desde ya muchas gracias.-

EL REGRESO DE LAS KAKATUAS MUERTAS II :lol: :lol: ESCUCHAME UNA COSA CARADURA CUANTAS VECES TENGO QUE DECIRTE QUE NO VUELVAS A JUGAR AL ABOGADO :?: PARA ESO HAY QUE ESTUDIAR *leo* *leo* *leo* *leo* 7 AÑOS SINVERGUENZA.TOMATE EL PALO ANTES QUE SEA TARDE, ACA NO HAY LUGAR PARA GESTORTRUCHOS QUE ENCIMA LE MIENTEN A LA GENTE DICIENDOLES QUE SON ABOGADOS. ANDA A MATARTE EL HAMBRE A LA FERIA :mrgreen:
 #1019897  por zaffaroni
 
Roxana2014 escribió:Hola, Diego:

Yo, voto por el RTI. Recordá que tu cliente, es aportante, y por lo tanto, con el 66 % de incapacidad laborativa, comprobada, es suficiente. En cambio, para adquirir 1 Pensión No Contributiva o Asistencial, es necesario: tener un 76 % de incapacidad laborativa ( intelectual o física). Hay que llegar al 66 %......imaginate llegar al 76 % de incapacidad. Pero, n o te preocupes, porque si te dan el 20 % ( ante la comisión médica), es 1 triunfo, ya que podrás recurrir ante la CARSS ( y a veces, ganas). Es asunto de las incapacidades, en este país, es todo 1 tema.
Saludos.

Atte.
Roxana

A ESTUDIAR *leo* *leo* *leo* *leo* GESTORTRUCHA, A ESTUDIAR *leo* *leo* *leo* *leo* :lol:
 #1019900  por zaffaroni
 
CODIGO PENAL. ARTICULO 247. - Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente.

DECIR QUE SE POSEE UN TITULO O PROFESION QUE EN REALIDAD NO SE TIENE ESTA SUBUMIDO EN ESTE TIPO PENAL DIEGO 79 Y TODOS LOS CHANTAS QUE ANDAN PULULANDO
 #1019920  por MARIO1943
 
JAJAJA, NO LO PUEDO CREER, ARGENTINA PAIS GENEROSO, AHORA ASESORA, LA VERDAD QUE ESTA PARA EL DIVAN, SI QUERES VIVIR DIGNAMENTE ANDA A CARTONEAR, COMO SE GANAN LA VIDA DIGNAMENTE LOS CARTONERO Y NO JODEN A NADIE
 #1020495  por marita12
 
MARIO1943 escribió:JAJAJA, NO LO PUEDO CREER, ARGENTINA PAIS GENEROSO, AHORA ASESORA, LA VERDAD QUE ESTA PARA EL DIVAN, SI QUERES VIVIR DIGNAMENTE ANDA A CARTONEAR, COMO SE GANAN LA VIDA DIGNAMENTE LOS CARTONERO Y NO JODEN A NADIE
Mario pense que yo estaba loca cuando leia el mensaje!
Saludos, Marita
 #1022397  por zaffaroni
 
MARIO1943 escribió:JAJAJA, NO LO PUEDO CREER, ARGENTINA PAIS GENEROSO, AHORA ASESORA, LA VERDAD QUE ESTA PARA EL DIVAN, SI QUERES VIVIR DIGNAMENTE ANDA A CARTONEAR, COMO SE GANAN LA VIDA DIGNAMENTE LOS CARTONERO Y NO JODEN A NADIE
HACE RATO QUE DIJE QUE HAY QUE ACABAR CON LOS GESTORTRUCHOS, HAY QUE EXTERMINARLOS COMO A LAS RATAS :mrgreen: SI NO TIENEN TRABAJO QUE VAYAN A LA FERIA A VENDER VERDURAS SALGAN CON EL CARRO A CARTONEAR, O LO QUE LES VENGA EN GANAS. PERO QUE SE GANEN LA VIDA TRABAJANDO SIN ESTAFAR A LA POBRE GENTE QUE CAE EN SUS GARRAS Y SIN ROBARNOS EL TRABAJO A NOSOTROS LOS PROFESIONALES