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  • Como reclamo los intereses si ya hay concilicacion

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1021874  por alemardel
 
Hola mi cliente llegó a una conciliacion en sede judicial con su ex empleador Este cumple pero como se le ocurre y ya debe más de un mes de la quinta cuota y pagço con 20 dias de retraso la cuarta. En la conciliacion se pacto la mora automática con 0.1% diario por cada dia de retraso tomando como valor de referencia el monto total del acuerdo.
Ahora presento un escrito solicitando pago de intereses fijados? Hago una pequeña liquidación? Me conviene presentar el saldo bancario que muestra que aún no se depositó la quinta cuota???
busqué en el foro pero no encontré nada similar. quiero hacerlo para que aprendan y la próxima vez no se hagan los vivos porque mi cliente tuvo muchos problemas por las demoras.
Gracias a todos los que me puedan ayudar
 #1021901  por andresxeneizes
 
presentar el saldo en el expte, si

ademas de ello lo que tenes que pedir es alguna medida ejecutoria sobre el demandado, es decir un embargo en cuenta bancaria por ejemplo, por el monto que debe mas los intereses que el juzgado estime correspondiente

hacer liquidacion de intereses parcial yo entiendo que no es lo mas practico porque en definitiva no tenes la fecha final en que pagan y dejan de correr los intereses y yo la dejaria para el momento que tengas toda la plata en el expte ya sea porque paguen tarde o porque les trabes un embargo
 #1021913  por alemardel
 
Gracias por la orientación. Ahora, como hago el cálculo de lo que deben, tengo que esperar a que paguen tarde para reclamar?
La cuota de diciembre la puedo calcular porque tenían que depositar el 27/12 y lo hicieron el 17/02 (cuento el mes de enero aunque hubo feria?) pero el mes de enero no sé cómo reclamarlo porque tenían que depositar el 03/02 y hasta ahora no lo hicieron.
Pido el embargo por lo de diciembre y los intereses que se puedan devengar por enero? Lo solicito en el laboral? disculpá tantas preguntas pero para quien da lo primeros pasos todo parece tan complicado, menos mal que está el foro para ayudar.
 #1021940  por andresxeneizes
 
Pregunta el acuerdo no dice que si una de las cuotas no se paga a termino se cae el acuerdo y se debe el total? si es asi, pedi el embargo por lo que te deban mas intereses que considere el juzgado y cuando tengas la plata del capital depositada haces la liquidacion ya que habria que ver bien como calcular los intereses, pero como te digo sin la plata del capital depositada imposible hacer ningun calculo porque no tenemos la fecha en que cortamos de contar los intereses.

todas las solicitudes las haces en el mismo expte
 #1022444  por flux
 
Ojo que algunos jueces hijos de mil p... para no laburar las ejecuciones te quieren salir con el argumentito "de palabra" (porque por escrito no se animan a ponerlo) de que es criterio del juzgado que primero el trabajador tiene que cobrar la cuota historica y despues recien reclamar los intereses, para despues salirte que el hecho de haber cobrado el capital consiente que te desinteresaste de los intereses... asi que por mas que despues depositen el capital historico..., no lo agarres, ni siquiera imputandolo a intereses... impugnalo por ser pago insuficiente (articulso 776 y 777 del cciv) y pedi que se siga con la ejecucion porque un pago inadecuado no surte los efectos del pago y es "inexistente"... Cuando una vez plantee esto en sede laboral se quedaron con la boca abierta que no sabian que hacer los despachantes
 #1022808  por alemardel
 
Buenisima la data, gracias a todos! Ahora cuando el empleador de posita pero lo viene haciendo con 20 y 30 días de demora qué hago. Mi cliente se lo tiene que bancar y no puede reclamar los intereses que pasaron? digo porque ahora depositó 5º cuota con 30 días de demora y la 6º vamos por el cuarto día de demora, si ejecuto ahora le puedo cobrar los intereses de las cuotas pasadas hasta su efectivo pago en la liquidación o siempre estoy atada a la última mora? Espero que se haya entendido...