Bono ley n° 8.480, Anticipo Ius Previsional y la tasa de justicia como particular damnificado.
También tendrías que abonar la tasa de justicia para fotocopias de la causa, la cual ahora es $1 por hoja que vas a fotocopiar, por eso debes adjuntar la tasa de justicia antes que remitan la causa al archivo y de ahí te den las fotocopias de la causa, ojo si en la fiscalía te dejan retirar el expediente y sacar fotocopias o scanearla (depende en la práctica de cada fiscalía), no vayas a pagar la tasa de justicia de las fotocopias.
También hace firmar a tu cliente una carta poder (prescripta en el art. 77 CPPBA) para que seas apoderado con poder especial y nada que te vengan con bolu...como esto no se usa...si lo dice el CPPBA es porque debe usarse, la carta mencionada que la firme tu clienta yendo con vos a la fiscalía que ahí deben certificarle la firma y adjuntar la carta al expediente...
Sino cada presentación que hagas deberá firmarla usted y su cliente, como si fuera el patrocinio letrado de civil....
Consejo no sea muñeco de la fiscalía, haga la suya...
Saludos, espero haber sido de utilidad.-
El Espíritu del Señor DIOS está sobre mí,
porque me ha ungido el SEÑOR...
para proclamar libertad a los cautivos
y liberación a los prisioneros;
LIBRO DEL PROFETA ISAIAS 61:1.-