Estimados:
Soy nueva ejerciendo en provincia de buenos aires y tengo que concurrir a 1° audiencia en un expte por tenencia alimentos y régimen de visitas iniciado por la contra parte. (las partes no están casadas)
Mis consultas son:
las partes ya estan de acuerdo respecto de Tenencia.
Respecto del Régimen de visitas:(Voy por el papá no conviviente) tenemos acuerdo respecto del regimen en gral pero hay algunas cuestiones que tendrian que quedar plasmadas en el acuerdo:
1) ya que es habitual que ante un mínimo refrío o indisposición de la niña la madre le niege la visita al padre (aclaro que la nena es pequeña), se puede y/o es habitual consignar en este tipo de convenios una cláusula por la cual ante un cuadro de salud de la menor que le impida movilizarse del hogar materno la madre deba justificar esta imposibilidad con el correspondiente certificado medico que indique el reposo, y, que de darse esta circunstancia la menor podrá ser visitada por su papá en el domicilio de la madre? Y además consignar que la menor pasará el fin de semana inmediato siguiente al de su alta médica con el papá.
2) con respecto a la pretensión alimentaria: La Reclama el 25% del sueldo de mi cliente SAC Obra social, asignaciones incluidos y la entrega de copia de los recibos de sueldo para el control del porcentual. La niña es la única descendencia, es cierto, pero lo cierto es que mi cliente tiene gastos REALES Y COMPROBABLES QUE LE IMPIDEN, PAGAR ESTA CUOTA Y ABONAR TODOS SUS GASTOS. Además por la edad de la menor y haciendo un calculo holgado los gastos dan a priori menos. Y además mi cliente quiere contar con un resto para comprarle a el tb “cosas” a la menor.
A.- ¿Podría abonar el 15-20% estimo es un porcentaje razonable? Y el que en definitiva puede abonar.
B.- ¿Se puede consignar una cláusula, que sin ser rendición de cuentas de la cuota alimentaria, individualice los gastos (rubros) de la menor y que en ellos deberán ser gastados? El principal temor de mi cliente es que no utilice el dinero en la menor como ya viene sucediendo con la cuota provisoria.
3) ¿Que acontece habitualmente en esa primera audiencia. Se puede ir con el convenio hecho?
4) ¿Debo concurrir muñida de bono y jus?
5) ¿En estos acuerdos se fijan las costas por su orden?
Gracias.
Soy nueva ejerciendo en provincia de buenos aires y tengo que concurrir a 1° audiencia en un expte por tenencia alimentos y régimen de visitas iniciado por la contra parte. (las partes no están casadas)
Mis consultas son:
las partes ya estan de acuerdo respecto de Tenencia.
Respecto del Régimen de visitas:(Voy por el papá no conviviente) tenemos acuerdo respecto del regimen en gral pero hay algunas cuestiones que tendrian que quedar plasmadas en el acuerdo:
1) ya que es habitual que ante un mínimo refrío o indisposición de la niña la madre le niege la visita al padre (aclaro que la nena es pequeña), se puede y/o es habitual consignar en este tipo de convenios una cláusula por la cual ante un cuadro de salud de la menor que le impida movilizarse del hogar materno la madre deba justificar esta imposibilidad con el correspondiente certificado medico que indique el reposo, y, que de darse esta circunstancia la menor podrá ser visitada por su papá en el domicilio de la madre? Y además consignar que la menor pasará el fin de semana inmediato siguiente al de su alta médica con el papá.
2) con respecto a la pretensión alimentaria: La Reclama el 25% del sueldo de mi cliente SAC Obra social, asignaciones incluidos y la entrega de copia de los recibos de sueldo para el control del porcentual. La niña es la única descendencia, es cierto, pero lo cierto es que mi cliente tiene gastos REALES Y COMPROBABLES QUE LE IMPIDEN, PAGAR ESTA CUOTA Y ABONAR TODOS SUS GASTOS. Además por la edad de la menor y haciendo un calculo holgado los gastos dan a priori menos. Y además mi cliente quiere contar con un resto para comprarle a el tb “cosas” a la menor.
A.- ¿Podría abonar el 15-20% estimo es un porcentaje razonable? Y el que en definitiva puede abonar.
B.- ¿Se puede consignar una cláusula, que sin ser rendición de cuentas de la cuota alimentaria, individualice los gastos (rubros) de la menor y que en ellos deberán ser gastados? El principal temor de mi cliente es que no utilice el dinero en la menor como ya viene sucediendo con la cuota provisoria.
3) ¿Que acontece habitualmente en esa primera audiencia. Se puede ir con el convenio hecho?
4) ¿Debo concurrir muñida de bono y jus?
5) ¿En estos acuerdos se fijan las costas por su orden?
Gracias.