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  • PODER ESPECIAL O GENERAL PARA DIVORCIO 214 INC 2?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1029250  por drjuancarlos
 
Buenas noches colegas, les cuento que me llego un divorcio 214 inc 2, pero mi cliente vive en otra provincia y necesitaré un poder para llevar adelante el divorcio. Mi duda es, necesito un PODER ESPECIAL O GENERAL? Estuve leyendo en el foro pero la mayoría habla solo del poder para una audiencia, viendo el 1881 del C.Civ. no pareciera que sea necesario para esto un poder especial. Pero como es la primera vez que voy a iniciar con poder, antes quisiera que me den sus opiniones.
Espero que alguien me pueda orientar. Saludos a todos.-
 #1029470  por drjuancarlos
 
Alguien??? Les pregunto porque (obvio, siempre actué como patrocinante, es la primera vez como apoderado) el escribano que le haría el poder le preguntó, y hasta le dijo a mi cliente que si tenia algún escrito referente al tramite se lo haga llegar. Por eso necesito alguna respuesta.
 #1029686  por fernanda1981
 
hola colega drjuancarlos, yo particularmente no inicie divorcios como abogada apoderada, pero si vi q otros colegas lo hicieron, y por la causal del 214 inc 2, y solo necesitaron un poder "general" para juicios, espero haberlo ayudado en algo, igual aguarde otras respuestas.-