Hola colegas!!!
Acudo a uds. con dos cuestiones, son sobre el mismo tema.
Tengo un cliente que en diciembre de 2008 fue condenado penalmente, de acuerdo a un juicio penal seguido en su contra, por cuestiones ajenas a su trabajo, era un tema personal. El juicio tramitó estando el trabajando. Al juicio llego estando en libertad.
Luego de la sentencia, el empleado cae en un poso depresivo, acude al medico y le dan licencia.
De la licencia avisa a la empresa, entregando (por intermedio de su hermano) certificados médicos.
El mes de enero de 2009 no va a trabajar, por la licencia. En febrero de 2009 como no veía depositado su sueldo y de la empresa no le dan respuesta, envia TCL intimando a que se le abone el salario atento encontrarse de licencia médica.
La empresa no le responde. Ante ello envia otro TCL considerandose despedido, aclaro que en TCL intimó bajo ese apercibimiento
A ese segundo TCL la empresa le responde que en el mes de enero lo intimó a que se presente a trabajar dado ausencias injustificadas bajo apercibimiento de abandono de trabajo.
Esa intimación la empresa la envió a un domicilio anterior de mi cliente. En mayo del 2008 el se mudó y comunicó a recursos humanos el nuevo domicilio, aclaro hoy no tiene ninguna constancia, dado que lo hizo personalmente y en forma verbal.
El responde la CD recibida del empleador. Quedando cerrado el intercambio telegrafico en febrero de 2009.
El 26/3/09 queda detenido, hasta que en diciembre de 2013 comienza con salidas transitorias.
En febrero gestioné por internet el turno en el SECLO para sortear conciliador laboral.
Las dudas son las siguientes:
1) la prescripción operó en febrero de 2011, estando el detenido. POr lo que haría uso de la dispensa de la prescripción prevista en el art. 3990 del CC. El tema que tengo duda si debo solicitarla en la demanda o al contestar el traslado de la otra parte y siempre que haya opuesto excepción de prescripción.
2) alguien tuvo experiencia en lo que es la intimación x abandono de trabajo a un domicilio distinto del vigente del empleado, y que este había comunicado a la empresa en forma verbal?
Desde ya muchas gracias x sus aportes!!!!
Saludos,
Acudo a uds. con dos cuestiones, son sobre el mismo tema.
Tengo un cliente que en diciembre de 2008 fue condenado penalmente, de acuerdo a un juicio penal seguido en su contra, por cuestiones ajenas a su trabajo, era un tema personal. El juicio tramitó estando el trabajando. Al juicio llego estando en libertad.
Luego de la sentencia, el empleado cae en un poso depresivo, acude al medico y le dan licencia.
De la licencia avisa a la empresa, entregando (por intermedio de su hermano) certificados médicos.
El mes de enero de 2009 no va a trabajar, por la licencia. En febrero de 2009 como no veía depositado su sueldo y de la empresa no le dan respuesta, envia TCL intimando a que se le abone el salario atento encontrarse de licencia médica.
La empresa no le responde. Ante ello envia otro TCL considerandose despedido, aclaro que en TCL intimó bajo ese apercibimiento
A ese segundo TCL la empresa le responde que en el mes de enero lo intimó a que se presente a trabajar dado ausencias injustificadas bajo apercibimiento de abandono de trabajo.
Esa intimación la empresa la envió a un domicilio anterior de mi cliente. En mayo del 2008 el se mudó y comunicó a recursos humanos el nuevo domicilio, aclaro hoy no tiene ninguna constancia, dado que lo hizo personalmente y en forma verbal.
El responde la CD recibida del empleador. Quedando cerrado el intercambio telegrafico en febrero de 2009.
El 26/3/09 queda detenido, hasta que en diciembre de 2013 comienza con salidas transitorias.
En febrero gestioné por internet el turno en el SECLO para sortear conciliador laboral.
Las dudas son las siguientes:
1) la prescripción operó en febrero de 2011, estando el detenido. POr lo que haría uso de la dispensa de la prescripción prevista en el art. 3990 del CC. El tema que tengo duda si debo solicitarla en la demanda o al contestar el traslado de la otra parte y siempre que haya opuesto excepción de prescripción.
2) alguien tuvo experiencia en lo que es la intimación x abandono de trabajo a un domicilio distinto del vigente del empleado, y que este había comunicado a la empresa en forma verbal?
Desde ya muchas gracias x sus aportes!!!!
Saludos,
Es en la crisis que nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar 'superado'...