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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1032800  por Dranicole
 
Buenas tardes colegas, la pregunta es la siguiente, mi defendido trabajo 2 años en negro, al momento de enviar telegrama al empleador, dicen que la relacion se extinguio por el art 92 bis, o sea por el periodo de prueba, (el cual registraron en la mitad de la relacion laboral) mi cliente nunca se entero de que lo habian puesto en blanco en ese periodo, quiero fundamentar esto o sea lo fraudulento de pretender justificar que trabajo menos de tres meses, y la prueba vital es que obviamente nunca le llego a mi cliente telegrama o cd que diga que se extinguia esa relacion, yo creo que es obligacion del empleador avisar fehacientemente que el contrato finaliza antes de los tres meses, sino se entiende que el contrato continua, pero no encuentro articulo que lo diga textualmente, solo esta el del 92 bis que habla del preaviso, pero solo a los efectos de no abonar este ultimo, no se si soy clara, necesito el basamento legal que argumente que el empleador debe antes de los tres meses notioficar fehacientemente al trabajador que prescindira de sus servicios. Muchas gracias y espero que se me haya entendido.
 #1032804  por Herno
 
Creo que entiendo lo que decís, pero no lo necesitas ese basamente más que de palabra porque directamente es así, como vos decís.
Eso que querés buscar es para la modalidad plazo fijo, no para el período de prueba, porque el período de prueba son los primeros tres meses de una relación laboral por tiempo indeterminado, entonces entonces obviamente que quién durante el mismo decida poner fin a la misma es quien debe cargar con la prueba de ello y la consiguiente responsabilidad del medio empleado para notificarlo.
Lo que comentas es una maniobra normal para despedir un empleado en negro, no te preocupes.
Cualquier duda decime.
Saludos
 #1032829  por Dranicole
 
Muchas gracias!!!, yo simplemente para ser mas prolija en la redacciòn queria decir tal cual reza el art xxxxx, el empleador debio avisar fehacientemente antes de los tres meses que prescindiria de los servicios de mi representado. Pero por lo que me decis no hay articulo que diga esto, segun lo que yo veo solamente esta previsto que debe preavisar 15 dias antes a los efectos de no abonar mes de preaviso, pero la ley parece que se olvido de decir lo que todos interpretamos, que el empleador antes de vencido el plazo de tres meses si quiere terminar con la relacion debe fehacientemente notificar esto al empleador, sino se tomarà como que el vinculo siguio su curso o algo asi. Porque ellos mostrando sus aportes durante tres meses quieren dejar entrever que el contrato fue a prueba. Si a alguien se le ocurre algo mas agradecerè. Buen finde para vos.
 #1032852  por Ceriani
 
Hola Dranicole. Tambien trabajando en feriado como vos. Mirá, si no te entendi mal en cuyo caso te pido disculpas, vos querés citar el tariculo 231 LCT. El empleador debe avisar con 15 dias de anticipación si está a prueba.

Cordiales Saludos!
 #1032987  por LagunaSeca
 
Me parece que no hay que enroscarse en si cumplió o no con la notificación de un período de prueba falso. Hay que verificar los medios de prueba por los dos años reales.
 #1033010  por Beto
 
LagunaSeca escribió:Me parece que no hay que enroscarse en si cumplió o no con la notificación de un período de prueba falso. Hay que verificar los medios de prueba por los dos años reales.
Totalmente de acuerdo con laguna seca, es mas importante los dos años en negro que los tres meses de prueba.
 #1033146  por Herno
 
Coincido con los colegas, y así lo puse arriba.
Por otro lado si cumplió o no cumplió es lo mismo, a lo sumo le generará el pago de la sustitutiva, pero eso no desactiva el despido en supuesto período de prueba.
Centrate en los años en negro y no en si lo hecho o no en período de prueba.
Saludos
 #1033493  por Dranicole
 
colegas gracias a todos por la ayuda, ahora yo humildemente pienso pero como que no va a ser importante lo del periodo de prueba reconodido por el empleador ?, gracias a ese periodo de prueba y que lo resgitraron durante esos tres meses ellos no pudieron negar la relacion laboral, eso por un lado y por otro lado al no tener ellos como probar que notificaron fehacientemente su voluntad de prescindir de los servicios del trabajador antes de los tres meses, que es un requisito indispensable para que se pueda considerar periodo de prueba, deberia presumise que la relacion laboral siguio su curso, mas alla de las pruebas que yo aporte al respecto, creo que lo interesante es que se invierte la carga de la prueba en ese aspecto, ellos deberan probar que el trabajo solo tres meses y si nunca lo notificaron de su despido, como van a hacer esto?, a eso es lo que trato de apuntar no se si se me entiende. Gracias a todos :)
 #1033513  por LagunaSeca
 
trabajo 2 años, en ese periodo, en el medio de la relación, lo declaran tres meses, sigo sosteniendo que tu reclamo es por 24013, y que el grueso del reclamo esta basado en la probanza de esos 2 años; no te cambia el fondo de la cuestión basado en el principio de primacía de la realidad que haya sido un trucho puntilloso o uno grosero en la truchada de esa declaración.
 #1033526  por Dranicole
 
Para que se aplique la 24013 no tiene que estar la relacion vigente? aclaro que lo despidieron y luego vino nuestro reclamo.
 #1033544  por Herno
 
Dranicole escribió:colegas gracias a todos por la ayuda, ahora yo humildemente pienso pero como que no va a ser importante lo del periodo de prueba reconodido por el empleador ?, gracias a ese periodo de prueba y que lo resgitraron durante esos tres meses ellos no pudieron negar la relacion laboral, eso por un lado y por otro lado al no tener ellos como probar que notificaron fehacientemente su voluntad de prescindir de los servicios del trabajador antes de los tres meses, que es un requisito indispensable para que se pueda considerar periodo de prueba, deberia presumise que la relacion laboral siguio su curso, mas alla de las pruebas que yo aporte al respecto, creo que lo interesante es que se invierte la carga de la prueba en ese aspecto, ellos deberan probar que el trabajo solo tres meses y si nunca lo notificaron de su despido, como van a hacer esto?, a eso es lo que trato de apuntar no se si se me entiende. Gracias a todos :)
No importa lo del período de prueba. Lo registraron al sólo efecto de echarlo, si estaba en negro no podían. Obvio que te reconocen la relación laboral durante ese período que estuvo en blanco, si estaba registrado... si la para qué querés que se invierta la carga de la prueba en eso?? si vos necesitas probar los años que trabajó en negro antes de que lo blanquearan...??? Por más que lo hayan hechado al mes 4 o 5, los meses anteriores los tenés que probar vos.
Si la empresa va a lograr acreditar si lo despidieron durante el período de prueba, no conocemos la causa, los hechos ni la documental por lo que no te lo podemos decir.
Me parece que todos te estamos diciendo lo mismo y hay algo que no entendés, pero te repetimos siempre lo mismo.
Saludos
 #1033555  por Dranicole
 
Herno el tema eherno en lugar de retarme lee mi primer post. No lo pisieron en blanco para echarlo porque como aclare esos tres meses de blankeado fueron en el medio de los dos años o sea que luego de esos tres meses el siguio trabajando 8 meses mas y nunca se entero k lo habian blankeado hasta el intercambio telegrafico luego de despedido verbalmente obviamente. Agradezco de todos modos la ayuda y las ganas de colaborar pero sin retos que para eso tenemos k luchar todos lis días con los ineptos del poder judicial
 #1033557  por Dranicole
 
No importa lo del período de prueba. Lo registraron al sólo efecto de echarlo, si estaba en negro no podían. Obvio que te reconocen la relación laboral durante ese período que estuvo en blanco, si estaba registrado... si la para qué querés que se invierta la carga de la prueba en eso?? si vos necesitas probar los años que trabajó en negro antes de que lo blanquearan...??? Por más que lo hayan hechado al mes 4 o 5, los meses anteriores los tenés que probar vos.
Si la empresa va a lograr acreditar si lo despidieron durante el período de prueba, no conocemos la causa, los hechos ni la documental por lo que no te lo podemos decir.
Me parece que todos te estamos diciendo lo mismo y hay algo que no entendés, pero te repetimos siempre lo mismo.
Saludos[/quote]
Releyendo me decis que si estaba en negro no podisn echarlo si fuera asi los abogados estariamos fritos..