Hola! el tema es el siguiente: tengo que notificar a un tercero interesado (la demanda es contra el ejército por un pension denegada y otorgada a la ex cónyuge a quien citamos ya que en caso de salir favorable le van a quitar el 50 % de la pensión) denunciamos domicilio en CABA pero ahí no la pudieron notificar xq nadie recibió la cédula y nadie sabía si vivia ahí...ante eso oficiamos al RENAPER y mandamos notifiación al domicilio que informó el registro. La cédula vuelve diciendo " previa verificación de datos procedí a dejar duplicado de igual tenor dando cumplimiento a los arts 94 y 95 CPCCN".(la dejaron x debajo de la puerta) Mi duda es la siguiente: quedó notificada la ex cónyuge? ya que estuve leyendo y x un lado me dice que para que el notificador fije la cédula lo tiene que ordenar el juez a pedido mío en este caso..pero por otro dice que sólo se puede notificar de esa forma(bajo responsabilidad) cuando se notifica al actor, demandado o citado en garantía..bueno espero que alguien me pueda ayudar. Muchas Gracias.