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  • VENTA TELEFONICA - CARTA PARA CANCELAR LA COMPRA

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1035643  por DraALPA
 
Hola colegas, el asunto es asi, mi cliente vio propaganda de unas pastillas para la próstata en una revista, es un señor de mas de 60 años. llama al teléfono que figura en la publicidad y pregunta, el hombre inexperto se dejo envolver por la vendedora, y termino aceptando pasar el numero de la tarjeta de crédito. le dijeron que por el producto debía abonar 9 cuotas de 530 pesos mas o menos!!!!! al cortar la llamada este hombre se da cuenta de la macana... al otro dia le pide a un amigo que llame y pregunte...a este le dicen que son 9 cuotas de 200 pesos. se que puede arrepentirse de la compra, porque seria una venta telefónica. pero no se si debo alegar que es por el precio excesivo, porque el hombre acepto en ese momento...o se puede arrepentir simplemente alegando que hace uso del derecho que le da la LDC? en la pagina de internet del producto dice que debe mandar una "nota" firmada por el comprador alegando las razones por las que se arrepiente. pero de esa nota no nos quedará constancia de recepción. que me conviene? mandar la nota siguiendo las instrucciones de la pagina del producto, o enviar la carta documento para tener algo como prueba? si alguien tiene un modelo para guiarme por favor se lo agradeceré. saludos!!!!
 #1035743  por albertoaune
 
Aquí está un comentario útil:

http://www.ucu.org.ar/novedad-20_puede- ... proveedor-

Además, poniendo en google las palabras

venta telefónica arrepentimiento

hay más data al respecto y más todavía si agregamos entre comillas "defensa del consumidor".
 #1035796  por reyleon
 
Claro, pero calculo que DraALPA pregunta por los aspectos prácticos de la cuestión, ya que si llama al 0800-PASTILLAS para informar que se arrepintió de la compra le van a responder: "dsde luego, caballero, ya dimos de baja su compra", y sabemos que en el primer resumen de la tarjeta que le venga lo empoman con los $ 530.

Saludos... G...
 #1035813  por albertoaune
 
Es verdad lo que dice el post anterior, por eso debe haber constancia de que se pidió la baja.

En otros casos he visto, y dejo la idea, de que si se envió la CD se desconozca la compra al llegar el resumen. Pero debe estar la constancia de envío de la CD y si no hay resultado hacer la denuncia en Defensa del Consumidor. Esto no es jurídico sino de ver casos similares.
 #1036438  por DraALPA
 
que bueno que obtuve respuestas!!! siempre es una contribución que nos abre un poquito mas la cabeza para pensar nuevas soluciones y tener en cuenta los riesgos que asumimos cuando nos decidimos por alguna...muchas gracias, voy a considerar los aportes realizados...saludos :P
 #1047314  por JuanPendorcho
 
La venta es "domiciliaria" porque se realizó fuera del establecimiento del proveedor (34, LDC).
No solo tenés a favor que la venta es revocable dentro de los 10 días corridos sino que el 36 LDC establece que el vendedor debe informar por escrito al consumidor de esa facultad de revocación en todo documento que, con motivo de la venta, le sea presentado al consumidor. Tal información debe ser incluida en forma clara y notoria.