Exacto, todo depende de como se contesta la demanda, es decir que si existen hechos controvertidos, puede denegar el juez la aplicación del desalojo anticipado.
La caución puede ser ofrecer a embargo el mismo inmueble locado, si es que el locador es el titular de dominio, y los montos difieren de juez en juez.
Yo tuve un caso en que me pidieron $ 1000.-, otro $40.000.- y otro con embargo sin expresar de monto.
Una vez yendo por la demandada, logré la no aplicación del 680 bis, porque existian hechos controvertidos, en ese caso fué la existencia de principio de ejecución del contrato de alquiler (art. 1 de la ley de locaciones urbanas, principio de ejecución)
Todo depende del caso que tomaste, y la habilidad o no del letrado de la contraria.
En general cuando se trata de vencimientos de contrato, mucha tela para cortar en la contestación no hay, pero depende de cada caso en particular.
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.