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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1038518  por tisio
 
Estimados:
Les comento que me entro un tema de alimentos en que demandan a mi cliente, pidiendo alimentos para la esposa presentante y para sus dos hijas; el tema es que me acompaña demanda sin ordenar traslado y además el juez determina que por la gravedad del asunto (no ordena la apertura de la etapa previa) le envía la notificación a mi cliente acompañando demanda y a su vez poniendo audiencia 636 para el dia 12 de junio y la confesional para absolver posiciones en misma fecha.
Estimados hago alimentos pero este caso me es un poco complicado de entender ya que por lo que estuve leyendo se celebra la audiencia ante el juez de familia.
les pido una mano gracias.

saludos
 #1038673  por DRA. MACA
 
tisio escribió:Estimados:
Les comento que me entro un tema de alimentos en que demandan a mi cliente, pidiendo alimentos para la esposa presentante y para sus dos hijas; el tema es que me acompaña demanda sin ordenar traslado y además el juez determina que por la gravedad del asunto (no ordena la apertura de la etapa previa) le envía la notificación a mi cliente acompañando demanda y a su vez poniendo audiencia 636 para el dia 12 de junio y la confesional para absolver posiciones en misma fecha.
Estimados hago alimentos pero este caso me es un poco complicado de entender ya que por lo que estuve leyendo se celebra la audiencia ante el juez de familia.
les pido una mano gracias.

saludos
Cual es concretamente la duda?
 #1041112  por carol1028
 
A mi me paso lo mismo Tisio!..como te fue? como lo resolviste?...estoy dando mis primeros pasos con la profesión y hasta el momento nunca me había pasado.. siempre me tocaron procesos con etapa previa ante el consejero y llegue a un acuerdo en esa instancia.. Espero tu pronta respuesta. .tengo la audiencia del 636 el dia lunes.. Gracias.. A su vez en mi caso se me notifico de una cuota provisoria fijada en el 2011 pero mi cliente es la primer notificación que recibe y siempre paso alimentos pero la actora nunca le entrego recibos porque se suponía mantenían una buena relación!.. Q hago???..
 #1041461  por tisio
 
es los mismo pero te presentas ante el juez y si no hay acuerdo se continua con el juicio; lo de la confeccional lo pasan para otro día. parece que el tema se hace en razón a la gravedad del asunto y hay mismo te notifican que si tu cliente no deposita ya se ordena la traba de embargo.
contame con te fue a vos.
 #1042089  por carol1028
 
Fui a la audiencia y me encontré con una audiencia ante el consejero...pero en la cedula me notificaban de una audiencia del 636 para absolver posiciones con copias de la demanda!!! ESTOY MUY DESORIENTADA Y PREOCUPADA !!.. en la audiencia no se llego a ningún acuerdo.. el expediente se inicio en el 2011 y como te comente fijaron una cuota provisoria pero a mi cliente nunca lo notificaron.. la primer notificación que recibe es esta.. y nunca dejo de pasarle alimentos pero se los entregaba en mano.. QUE HAGO?... en q oportunidad contesto la demanda?.. si en la audiencia ante el consejero no se llego a ningún acuerdo ya quedo cerrada la etapa previa?.. y el plazo para contestar comienza a correr desde la fecha de la audiencia?... quien me pueda ayudar con los datos que doy le agradezco NO SE Y QUIERO APRENDER... GRACIAS
 #1042856  por tisio
 
La demanda la contesta cuando le ordenan el traslado. por que tienen que cerrar la etapa y también tiene que ponerte el plazo de 10 diez días para contestar; sin perjuicio de ello podes arrimarle dinero pero siempre que le firme a tu cliente el recibo, y si podes que te firme con la leyenda que estas al día con el pago (en el mismo recibo) y si no fíjate cuando te den traslado que te ordenan el pago provisorio dentro de los 5 de notificado.

Para mi se confunden los letrados cuando sale el despacho; y envían la demanda también, pero si no esta ordenado el traslado de demanda no tienen porque enviar la demanda.
el alimento puede abrirse con la planilla solo y cuando no hay recién acuerdo se debe cerrar la etapa previa.
ahora si todavía no ordenaron el traslado fíjate si ya abrieron un cuenta de ahorro, anota el numero y deposita, dando cumplimiento al lo ordenado para que no te traben embargo.
saludos