jerry escribió:Gracias por la orientacion. Te cuento, es un despido directo, el tipo estuvo en blanco (mal registrado en cuanto al sueldo), hay diferencias salariales y horas extras. El demandado esta rebelde. Notifique la audiencia de posiciones al domicilio real pero ahora me volvio la cedula sin notificar pq sacaron la chapa municipal. En caso de no llegar a acuerdo, pasaremos a la absolucion no? ok hasta ahi todo bien, que le tomen las posiciones ami cliente en todo caso reformularia alguna. Dsp el unico testigo, quien le pregunta? el tribunal o yo? yo le pregunto directamente a el testigo o le digo al tribunal q pregunte? cual es el estilo q se formula la pregunta? gracias
mira el despido lo tenes ganado ya que la causal del despido directo lo tiene que probar el empleador.
cuando decis que le tomen posiciones a tu cliente no entiendo, contesto o no demanda la empleadora?
cuando decis arreglar con quien.... con el rebelde, ceso su estado de rebeldia, se presento? aclara un poco la cuestion a ver si te conviene o no desistir las posiciones, ya que si el tipo se presenta no conviene que las hagas ( para que le vas a dar la posibilidad de defenderse?).
Las preguntas normalmente las hacen el tribunal, en la mayoria de los casos despues te dicen si queres preguntar y preguntas directamente. (aunque la ley 11653 dice que la parte puede sugerirle preguntas al tribunal y no que pregunte directamente esta
).
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.