8. entre los puntos 6 y 7 antes de que salgan los proveídos, se presenta el perito (seguro que vio por internet la caducidad decretada) solicito regulación honorarios.
no corta la caducidad esto, es una cuestion distinta, de hecho esta pidiendo regulacion de primera, y vos acusaste caducidad de segunda instancia
9. el juzgado regula honorarios del perito, ordena traslado y deposito de la suma (pregunto ...si no esta firme la sentencia ...quien paga...estimo que nadie...xq primero se debe resolver la apelación o caducidad en el superior?)
aca yo entiendo que la caducidad de la segunda instancia, en este caso es por la cuestion de fondo y no por la regulacion de honorarios del perito que tuvo su inicio de segunda instancia en otra etapa distinta
13. desde ahí el juzgado..primero sale proveído diciendo que en caso de estar en condiciones se eleve al superior....y otro diciendo que no esta el expediente en condiciones por que falta cumplir con punto 9 (para mi esta mal porque se proveyo sobre un auto dejado sin efecto....)
desde entonces presente 3 escritos mas del mismo carácter y sale lo mismo resuelto.. ya hable con la abogada que lleva el expediente...con el prosecretario.. y siempre dicen esta bien lo vemos hubo un error y luego.... sale lo mismo...ya no se que hacer... por eso pienso que el error quizá es mio.
interrogantes:
yo creo que vos estas en lo correcto, en todo caso proba para cortar la caducidad del incidente de caducidad de pedir que resuelvan el planteo de caducidad, a ver si se dan cuenta que para eso lo tienen que elevar y que no tiene relacion con los honorarios del perito
pueden regular honorarios de perito y ordenar el deposito si no hay sentencia firme? para mi no.
para mi tampoco, le pifiaron a esto, pero si el que perdio lo dejo consentir
interpongo un recurso de apelación contra el proveído (es proveído lo saco el prosecretario, por lo cual debo ver si es apelable por via de recurso revocatoria creo que no)
no va revocatoria tecnicamente, tenes que pedir que dejen sin efecto lo dispuesto por el prosecretario, segun lo dispuesto por el art 38 ter, la cagada de esto es que lo que resuelve el juez es inapelable
para el colmo estoy sobre el expediente por los 30 días plazo de caducidad del incidente
como te digo mete un escrito pidiendo que se resuelva la caducidad de foja tanto, sin decir que se eleven ni nada, y a ver que te dicen y ademas para cortar el plazo