ESTIMADOS COLEGAS:
Consulta:
Puede, luego de la sentencia de divorcio, uno de los cónyuges cederle todas las acciones y derechos que tenía sobre un boleto de compraventa -ganancial- al otro cónyuge por instrumento privado?
Y otra consulta, si dps. el cónyuge en cabeza del cual quedan el 100 % de las acciones y derechos sobre ese boleto, lo cede a un tercero, ése tercero inicia juicio de escrituración contra titular dominial, no le objetará de oficio el juzgado la falta de homologación de la cesión?
Desde ya agradeceré sus opiniones!!
Consulta:
Puede, luego de la sentencia de divorcio, uno de los cónyuges cederle todas las acciones y derechos que tenía sobre un boleto de compraventa -ganancial- al otro cónyuge por instrumento privado?
Y otra consulta, si dps. el cónyuge en cabeza del cual quedan el 100 % de las acciones y derechos sobre ese boleto, lo cede a un tercero, ése tercero inicia juicio de escrituración contra titular dominial, no le objetará de oficio el juzgado la falta de homologación de la cesión?
Desde ya agradeceré sus opiniones!!
