Buenos días a todos. Tengo un pequeño inconveniente. Un cliente alquilará su local, pero quiere tener la potestad para rescindir su contrato en cualquier momento. La ley 23.091 sobre contratos dice en su artículo 8 que, el locatario podrá rescindir el contrato luego de los primeros seis meses y con un aviso de sesenta días (y habla de la indemnización del locatario al locador) pero en ningún momento la ley habla de qué pasaría cuando el locador quisiese rescindir el contrato....
Entonces... le pongo una cláusula en el contrato diciendo algo como: "El LOCADOR se reserva el derecho de rescindir el contrato, transcurridos los primeros seis meses, y notificando en forma al LOCATARIO con sesenta días de anticipación, sin causa."
¿Se podrá y será legal? Al no decir nada la ley... Además podría agregarle algo como: "El LOCATARIO renuncia a cualquier tipo de indemnización por parte del LOCADOR."
Necesito ayuda con esto sinceramente. ¿Es legal o no es legal agregar esa cláusula? ¿Se puede rescindir sin causa justa? ¿El locador sí o sí debe indemnizar al locatario en caso de rescindirlo?
Gracias por todo!
Entonces... le pongo una cláusula en el contrato diciendo algo como: "El LOCADOR se reserva el derecho de rescindir el contrato, transcurridos los primeros seis meses, y notificando en forma al LOCATARIO con sesenta días de anticipación, sin causa."
¿Se podrá y será legal? Al no decir nada la ley... Además podría agregarle algo como: "El LOCATARIO renuncia a cualquier tipo de indemnización por parte del LOCADOR."
Necesito ayuda con esto sinceramente. ¿Es legal o no es legal agregar esa cláusula? ¿Se puede rescindir sin causa justa? ¿El locador sí o sí debe indemnizar al locatario en caso de rescindirlo?
Gracias por todo!

