Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ley 14.432 Inembargabilidad de vivienda única (Bs. As.)

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1048723  por EJA
 
Estimados, tengo una duda respecto de esta ley. Dado que esta norma invierte el sistema de protección de la vivienda única (las viviendas con destino familiar están afectadas, salvo expresa renuncia), me surgió el siguiente interrogante:

¿Se puede renunciar al beneficio de inembargabilidad para un acto en particular (p. ej.: garantía propietaria en un contrato de locación)? En caso negativo, ¿se puede desafectar de forma general y luego volver a constituir el inmueble como bien de familia en el Registro?

Saludos.
 #1048731  por legalescom
 
La Ley provincial 14.432 ha sido declarada inconstitucional ver http://www.camoron.org.ar/vermas-fallos.php?f=990
Respecto a desafectar el bien y después volver a constituirlo como bien de familia, se puede hacer pero, las obligaciones surgidas en ese lapso, afectarán al bien de familia, por ser anteriores a su nueva constitución.
 #1048760  por EJA
 
Gracias Estimado. Leí fallos donde la declararon inconstitucional con el argumento que me imaginé cuando apenas me enteré de la existencia de la ley.

Claro, la idea es desafectarlo, constituir la garantía y luego volverlo a inscribirlo como bien de familia.
 #1048769  por legalescom
 
Hay un proyecto de ley que establece :

Articulo 4”. -La renuncia al derecho de inembargabilidad del bien de familia que
revista el carácter de vivienda única, deberá efectuarse bajo pena de nulidad,
con las siguientes formalidades
lo-Se confeccionara por escrito con manifestación expresa y concreta del crédito
o acto jurídico, a favor del cual se renuncia al derecho.
2”. -En caso de que el renunciante fuere casado, firma del cónyuge.
3”-Las firmas contenidas en el instrumento de renuncia serán certificadas por
escribano público, secretario judicial o juez de paz.