Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CADUCIDAD DE INSTANCIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1054612  por deborapoggi
 
Hola Colegas.
Me presento con la siguiente duda: LLEGO UN CASO AL ESTUDIO. ES UN DESPIDO, QUE TRAMITA ANTE LOS TRIBUNALES DE SAN ISIDRO. CUANDO VINO EL CLIENTE AL ESTUDIO TENIA LA CEDULA DONDE LO NOTIFICABAN QUE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA. PARA INTERRUMPIR ESTA, SE ME OCURRIO PRESENTARME COMO ABOGADA. EL TEMA ES EL SIGUIENTE, HOY EL TRIBUNAL ME INFORMO LO ESTO: En cuanto a lo solicitado en el apartado IV, teniendo en cuenta las constancias de autos (v.fs. 93/94), intímase al peticionante para que dentro del plazo de tres (3) días presente una petición concreta, (OBAVIAMENTE BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARAR LA CADUCIDAD). Mi consulta es la siguiente: CON QUE PUEDO INTERRUMPIR ESTO?. Es necesario que tengan en cuenta que la demanda solo fue presentada, se intento notificar al demandado pero el domicilio no era el de este. Por ello el anterior letrado informo otro domicilio, se ordeno el nievo diligenciamiento de la cedula a este nuevo dom, pero no se hizo mas nada.
ALGUNA AYUDA? muchas gracias!!!
 #1054613  por mbba
 
deborapoggi escribió:Hola Colegas.
Me presento con la siguiente duda: LLEGO UN CASO AL ESTUDIO. ES UN DESPIDO, QUE TRAMITA ANTE LOS TRIBUNALES DE SAN ISIDRO. CUANDO VINO EL CLIENTE AL ESTUDIO TENIA LA CEDULA DONDE LO NOTIFICABAN QUE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA. PARA INTERRUMPIR ESTA, SE ME OCURRIO PRESENTARME COMO ABOGADA. EL TEMA ES EL SIGUIENTE, HOY EL TRIBUNAL ME INFORMO LO ESTO: En cuanto a lo solicitado en el apartado IV, teniendo en cuenta las constancias de autos (v.fs. 93/94), intímase al peticionante para que dentro del plazo de tres (3) días presente una petición concreta, (OBAVIAMENTE BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARAR LA CADUCIDAD). Mi consulta es la siguiente: CON QUE PUEDO INTERRUMPIR ESTO?. Es necesario que tengan en cuenta que la demanda solo fue presentada, se intento notificar al demandado pero el domicilio no era el de este. Por ello el anterior letrado informo otro domicilio, se ordeno el nievo diligenciamiento de la cedula a este nuevo dom, pero no se hizo mas nada.
ALGUNA AYUDA? muchas gracias!!!
y bueno confeccioná la cedula y mandala al nuevo domicilio. o denuncia uno nuevo y pedi que se notifique ahi.
 #1054617  por deborapoggi
 
Perfecto. Se me ocurre entonces presentar un nuevo escrito solicitando que se libre nuevamente cedula al domicilio que el anterior letrado habia denunciado (y donde ya le habian dado el OK), y confecciono la cedula?. Estoy bastante complicada. Soy una novel abogada que su primer caso laboral ya viene tirado de los pelos y no quiero errarle en nada. Podrias explicarme como lo resolverias?
 #1054636  por mbba
 
deborapoggi escribió:Perfecto. Se me ocurre entonces presentar un nuevo escrito solicitando que se libre nuevamente cedula al domicilio que el anterior letrado habia denunciado (y donde ya le habian dado el OK), y confecciono la cedula?. Estoy bastante complicada. Soy una novel abogada que su primer caso laboral ya viene tirado de los pelos y no quiero errarle en nada. Podrias explicarme como lo resolverias?
SI ya está librada no hace falta que la vuelvas a pedir. Simplemente confeccionas la cédula. Y pones el proveído que ordena notificar la demanda. SI tiene algún errror ellos te la van a corregir. Presentala lo antes posible.

Eso solo.
 #1054650  por mbba
 
[quote="deborapoggi"]MUCHAS, MUCHAS PERO MUCHAS GRACIAS!!!!!.
YA LA CONFECCIONO Y LA PRESENTO MAÑANA MISMO. :)
SALU


Una vez que dejas la cédula cortas la caducidad. más bien sería cuando te la libren.