Estimados colegas:
Me surgió una duda en relación a las medidas cautelares y la declaración de quiebra.
La cuestión es la siguiente: una persona tiene un inmueble comprado con hipoteca al Banco Hipotecario con cláusula de inembargabilidad e inejucutabilidad. A su vez, tiene una inhibición general de bienes por una deuda con la AFIP.
Si solicita su propia quiebra, al decretarse ésta, se le anotaría una inhibición general de bienes nueva. Por supuesto que la inembargabilidad le es oponible a la masa falencial debido a la cláusula mencionada.
1) Entonces, qué sucedería, una vez declarada la quiebra, con la inhibición general de bienes ya anotada antes de la quiebra?
2) Si la persona quisiera disponer del inmueble, esa medida cautelar se le aplicaría a dicha venta teniendo en cuenta que la propiedad tiene dicha garantía?
2) Si la persona opta por solicitar su propia quiebra, la nueva inhibición general de bienes alcanzaría al bien inmueble con la garantía de inembargabilidad?
La cuestión fáctica de porqué esta persona quiere disponer del inmueble es porque el hombre tenía 9 hijos, de los cuales la mayoría ya se han ido a vivir solo, por lo que la casa le queda muy grande. No obstante ello, no quiere disponer de su inmueble para que luego se quede sin una casa. Menciono este dato porque quizás alguno haya tenido alguna experiencia similar como para que me comente cómo lo resolvió.
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Me surgió una duda en relación a las medidas cautelares y la declaración de quiebra.
La cuestión es la siguiente: una persona tiene un inmueble comprado con hipoteca al Banco Hipotecario con cláusula de inembargabilidad e inejucutabilidad. A su vez, tiene una inhibición general de bienes por una deuda con la AFIP.
Si solicita su propia quiebra, al decretarse ésta, se le anotaría una inhibición general de bienes nueva. Por supuesto que la inembargabilidad le es oponible a la masa falencial debido a la cláusula mencionada.
1) Entonces, qué sucedería, una vez declarada la quiebra, con la inhibición general de bienes ya anotada antes de la quiebra?
2) Si la persona quisiera disponer del inmueble, esa medida cautelar se le aplicaría a dicha venta teniendo en cuenta que la propiedad tiene dicha garantía?
2) Si la persona opta por solicitar su propia quiebra, la nueva inhibición general de bienes alcanzaría al bien inmueble con la garantía de inembargabilidad?
La cuestión fáctica de porqué esta persona quiere disponer del inmueble es porque el hombre tenía 9 hijos, de los cuales la mayoría ya se han ido a vivir solo, por lo que la casa le queda muy grande. No obstante ello, no quiere disponer de su inmueble para que luego se quede sin una casa. Menciono este dato porque quizás alguno haya tenido alguna experiencia similar como para que me comente cómo lo resolvió.
Muchas gracias de antemano.
Saludos
