Les hago una consulta. A partir de la vigencia de la ley provincial 14.351, en los procesos judiciales o cuando el escribano recibe el informe de libre deuda ¿ustedes como proceden cuando la Municipalidad exige el pago de deuda del inmueble que excede los 5 años?
Pregunto esto porque todos los municipios del país en especial los de la provincia de buenos aires, violan la prescripción quinquenal que establece el Código Civil, para los municipios no existe la prescripción liberatoria, no dejan recategorizar si no se paga el total de la deuda que incluye periodos prescriptos, una propiedad que figura como destino mixto (comercio y vivienda) o comercial no puede recategorizar a destino vivienda si no paga la deuda que incluye períodos prescriptos. La violación del Código Civil es competencia Federal, se puede accionar en los juzgados federales.
Los municipios generan inseguridad jurídica y proceden de esa manera ilegal, violan el precedente de la CSJN fallo Filcrosa. En los municipios de la provincia de Bs As un lote baldío paga en concepto de tasa municipal lo mismo que un inmueble destinado a comercio o mixto y sus montos son los más caros del país, en especial en el conurbano bonaerense, partido de la costa, etc, donde violan la prescripción quinquenal, los impuestos en concepto de tasas municipales hasta con destino vivienda son abusivos y los Defensores del pueblo cobran su enorme salario y no cumplen la función para la cual fueron creados, que es defender a los ciudadanos, no permiten recibir denuncias por los abusivos montos, esto es el federalismo municipal que tenemos, donde los empresarios les conviene invertir en Capital Federal porque se pagan 2 tributos -nacional y municipal- y donde hay controles que no existen en el resto del país. Todos los delincuentes intendentes de todos los partidos políticos que se pueden ver por televisión hablando de seguridad jurídica y seguridad en otras cosas violan la prescripción quinquenal que establece el Código Civil, y pretenden llegar a gobernar a todo el país.
Pregunto esto porque todos los municipios del país en especial los de la provincia de buenos aires, violan la prescripción quinquenal que establece el Código Civil, para los municipios no existe la prescripción liberatoria, no dejan recategorizar si no se paga el total de la deuda que incluye periodos prescriptos, una propiedad que figura como destino mixto (comercio y vivienda) o comercial no puede recategorizar a destino vivienda si no paga la deuda que incluye períodos prescriptos. La violación del Código Civil es competencia Federal, se puede accionar en los juzgados federales.
Los municipios generan inseguridad jurídica y proceden de esa manera ilegal, violan el precedente de la CSJN fallo Filcrosa. En los municipios de la provincia de Bs As un lote baldío paga en concepto de tasa municipal lo mismo que un inmueble destinado a comercio o mixto y sus montos son los más caros del país, en especial en el conurbano bonaerense, partido de la costa, etc, donde violan la prescripción quinquenal, los impuestos en concepto de tasas municipales hasta con destino vivienda son abusivos y los Defensores del pueblo cobran su enorme salario y no cumplen la función para la cual fueron creados, que es defender a los ciudadanos, no permiten recibir denuncias por los abusivos montos, esto es el federalismo municipal que tenemos, donde los empresarios les conviene invertir en Capital Federal porque se pagan 2 tributos -nacional y municipal- y donde hay controles que no existen en el resto del país. Todos los delincuentes intendentes de todos los partidos políticos que se pueden ver por televisión hablando de seguridad jurídica y seguridad en otras cosas violan la prescripción quinquenal que establece el Código Civil, y pretenden llegar a gobernar a todo el país.

