Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • retencion e indemnizacion final

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1085335  por luciperez
 
Buenas tardes
No hago flia pero me llego un caso conocido que me pidieron seguir, el tema es que el padre tenia una retencion de su sueldo y fue desvinculado de su trabajo cobrando la respectiva indemnizacion final a la cual le retuvieron el porcentaje correspondiente por la cuota que son mas o menos 16ooo.
Frente a esto he leido que se puede plantear que esa suma de dinero se tome como pago de cuotas a futuro,esto es asi...por otra parte este mes tienen una audiencia para la disminucion de la cuota ya que el progenitor foro una familia nueva de la cual tiene otros hijos, se podria plantear ese pago como pago de cuotas a futuro, aparte esta persona no tiene trabajo en este mmento
 #1085576  por ccolalongo
 
Revisa el convenio que estipula sobre los creditos laborales, en cuanto a la reduccion de cuota por no tener trabajo (despido acreditado) podes plantearlo. En cuanto a que formo una nueva familia y tiene otros hijos no, un padre tiene que procurarse ingresos para todos sus hijos (los "nuevos" no desplazan a los "viejos") sino que lo piense dos veces antes de seguir trayendo hijos al mundo.
luciperez escribió:Buenas tardes
No hago flia pero me llego un caso conocido que me pidieron seguir, el tema es que el padre tenia una retencion de su sueldo y fue desvinculado de su trabajo cobrando la respectiva indemnizacion final a la cual le retuvieron el porcentaje correspondiente por la cuota que son mas o menos 16ooo.
Frente a esto he leido que se puede plantear que esa suma de dinero se tome como pago de cuotas a futuro,esto es asi...por otra parte este mes tienen una audiencia para la disminucion de la cuota ya que el progenitor foro una familia nueva de la cual tiene otros hijos, se podria plantear ese pago como pago de cuotas a futuro, aparte esta persona no tiene trabajo en este mmento
 #1085642  por luciperez
 
Gracias por tu respuesta pero me parece desafortunada tu respuesra de que piense dos veces antes de traee hijos al mundo,no sabes como fueron las cosas,hay mujeres que hacen.una.mala jugada a los hombres para querer retenerlos teniendo un hijo,este es un caso de esos y ahora esta mujer lo unico que le importa es sacar plata de donde sea a cuesta de haber tenido un.hijo
 #1085649  por ccolalongo
 
Juridicamente es la realidad, tiene que procurarse ingresos para todos sus hijos. No hay "excusa juridica" de "malas jugadas", existen metodos anticonceptivos. Bajar una cuota con esa excusa no te van a hacer lugar.
luciperez escribió:Gracias por tu respuesta pero me parece desafortunada tu respuesra de que piense dos veces antes de traee hijos al mundo,no sabes como fueron las cosas,hay mujeres que hacen.una.mala jugada a los hombres para querer retenerlos teniendo un hijo,este es un caso de esos y ahora esta mujer lo unico que le importa es sacar plata de donde sea a cuesta de haber tenido un.hijo
 #1085772  por buenosairesfamilia
 
ccolalongo esta equivocado. Si bien no se puede alegar que tener más hijos implica tener menos obligaciones para con los hijos anteriores, es decir, no afecta la obligación alimentaria en sí, si afecta el cuantum de la cuota, es decir, es una pauta que hay que tener en cuenta para establecer o modificar el monto de la cuota. Esto es porque en caso contrario se estaría violando el derecho alimentario de los hijos menores nacidos posteriormente.

"Si el alimentante ha formado una nueva familia legalmente constituida, ello de por sí implica la necesidad de afrontar nuevos gastos y obligaciones; y si bien la nueva situación familiar del obligado y el nacimiento de nuevos hijos no puede alegarse en desmedro de los deberes legalmente establecidos en una anterior relación familiar habida voluntariamente, ello no puede llevarse al extremo de ignorar la innegable gravitación negativa que se produce en el desenvolvimiento económico de quién paga los alimentos, o lo disvalioso o injusto que puede resultar si se establecen órdenes de prioridades entre hijos legítimos de distintos matrimonios."
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco

"Cuando el progenitor no es hombre de fortuna la cuota debe adecuarse a los efectos de permitirle al alimentante cubrir las necesidades de su nuevo hogar y las de los hijos que ha tenido con posterioridad a la fijación de la cuota bajo examen. Las posiciones procesales hoy vigentes propician, sobre todo en ámbitos que comprometen intereses de terceros, la carga dinámica de la prueba.
Es sabido que, en general, cuanto más crece un niño mayores gastos insume, pero el ônivel de vidaö de los hijos abarca a todos y a cada uno de ellos. Cuando se hace referencia al ônivel de vidaö, esta pauta, contenida en los arts. 265, 1.300 del Código Civil y en la normativa de jerarquía constitucional alude a la condición y fortuna de ambos progenitores de los hijos.
Las condiciones en las que se desenvuelven los menores nacidos de diferentes uniones pueden no ser idénticas puesto que la pauta diferencial podría derivar de la condición y fortuna del otro progenitor también obligado.
Se trata de fijar una cuota idéntica para los distintos hijos y que debe atenderse a distintas circunstancias, entre ellas la edad; pero como fundamento central, es de lograr un equilibrio por medio de la cuota para que las necesidades de todos los alimentistas resulten satisfechas.
La mejor capacidad económica de uno de los progenitores no habilita al otro a eximirse de su responsabilidad, pero tampoco es menos cierto que debe afrontarla conforme a su actual condición y fortuna, y sin que ello signifique un perjuicio de los nuevos hijos, cuyo interés ôcomo menoresö no puede ser soslayado."
Id. del fallo: 98160294 - Fecha: 18/05/2000 - Tribunal: CAMARA DE FAMILIA 1A NOM. - Fuero: FAMILIA - Tipo de proceso: Auto Interlocutorio - Carátula: V.R.A. C/M.L.T. S/Régimen de visitas û Alimentos û Recurso de apelación - Firmantes: Sin Datos - Referencias normativas: CCIV 265 0 // CCIV 13 0

Al margen de esto, lo que la madre cobre de la indemnizacion laboral se va a descontar de las cuotas futuras (en caso de que se haya establecido un monto fijo y no solamente un porcentaje del salario).
 #1085825  por ccolalongo
 
Estas diciendo lo mismo que yo "nuevos hijos no desplazan a viejos hijos" por mas "mala jugada" de la nueva mujer (que es lo que plantea el forista original); si de entrada vas con el argumento "bajen la cuota porque hay nuevos hijos" no se en la jurisdiccion donde tramita pero en la mia (provincia de Buenos Aires) es unanime que te dan esa respuesta "un padre debe procurarse ingresos para alimentar a todos sus hijos".
buenosairesfamilia escribió:ccolalongo esta equivocado. Si bien no se puede alegar que tener más hijos implica tener menos obligaciones para con los hijos anteriores, es decir, no afecta la obligación alimentaria en sí, si afecta el cuantum de la cuota, es decir, es una pauta que hay que tener en cuenta para establecer o modificar el monto de la cuota. Esto es porque en caso contrario se estaría violando el derecho alimentario de los hijos menores nacidos posteriormente.

"Si el alimentante ha formado una nueva familia legalmente constituida, ello de por sí implica la necesidad de afrontar nuevos gastos y obligaciones; y si bien la nueva situación familiar del obligado y el nacimiento de nuevos hijos no puede alegarse en desmedro de los deberes legalmente establecidos en una anterior relación familiar habida voluntariamente, ello no puede llevarse al extremo de ignorar la innegable gravitación negativa que se produce en el desenvolvimiento económico de quién paga los alimentos, o lo disvalioso o injusto que puede resultar si se establecen órdenes de prioridades entre hijos legítimos de distintos matrimonios."
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco

"Cuando el progenitor no es hombre de fortuna la cuota debe adecuarse a los efectos de permitirle al alimentante cubrir las necesidades de su nuevo hogar y las de los hijos que ha tenido con posterioridad a la fijación de la cuota bajo examen. Las posiciones procesales hoy vigentes propician, sobre todo en ámbitos que comprometen intereses de terceros, la carga dinámica de la prueba.
Es sabido que, en general, cuanto más crece un niño mayores gastos insume, pero el ônivel de vidaö de los hijos abarca a todos y a cada uno de ellos. Cuando se hace referencia al ônivel de vidaö, esta pauta, contenida en los arts. 265, 1.300 del Código Civil y en la normativa de jerarquía constitucional alude a la condición y fortuna de ambos progenitores de los hijos.
Las condiciones en las que se desenvuelven los menores nacidos de diferentes uniones pueden no ser idénticas puesto que la pauta diferencial podría derivar de la condición y fortuna del otro progenitor también obligado.
Se trata de fijar una cuota idéntica para los distintos hijos y que debe atenderse a distintas circunstancias, entre ellas la edad; pero como fundamento central, es de lograr un equilibrio por medio de la cuota para que las necesidades de todos los alimentistas resulten satisfechas.
La mejor capacidad económica de uno de los progenitores no habilita al otro a eximirse de su responsabilidad, pero tampoco es menos cierto que debe afrontarla conforme a su actual condición y fortuna, y sin que ello signifique un perjuicio de los nuevos hijos, cuyo interés ôcomo menoresö no puede ser soslayado."
Id. del fallo: 98160294 - Fecha: 18/05/2000 - Tribunal: CAMARA DE FAMILIA 1A NOM. - Fuero: FAMILIA - Tipo de proceso: Auto Interlocutorio - Carátula: V.R.A. C/M.L.T. S/Régimen de visitas û Alimentos û Recurso de apelación - Firmantes: Sin Datos - Referencias normativas: CCIV 265 0 // CCIV 13 0

Al margen de esto, lo que la madre cobre de la indemnizacion laboral se va a descontar de las cuotas futuras (en caso de que se haya establecido un monto fijo y no solamente un porcentaje del salario).
 #1085922  por DRA. MACA
 
luciperez escribió:Gracias por tu respuesta pero me parece desafortunada tu respuesra de que piense dos veces antes de traee hijos al mundo,no sabes como fueron las cosas,hay mujeres que hacen.una.mala jugada a los hombres para querer retenerlos teniendo un hijo,este es un caso de esos y ahora esta mujer lo unico que le importa es sacar plata de donde sea a cuesta de haber tenido un.hijo

Se nota que no tenés hijos sino no hablarías asi, en primer lugar tu grave error es "ponerte en los zapatos de tu cliente", como profesional debés mantener la objetividad no involucrarte personalmente en los asuntos.

Segundo, te recuerdo que un hijo, por si no lo sabés se hace de a dos, entonces ese argumento de cuarta "pero ella me dijo que se cuidaba y confié" es del típico imbécil que a cada lugar que va, tiene un hijo, y depués que se haga cargo montoto porque "ella me engañó".

La mujer "no saca plata", tenés idea de lo que cuesta mantener a un hijo? Tené uno y hacé la prueba, no tenés la mas pálida idea de lo que estar todo el dia con una criatura. Me da asco que gente como vos tenga ese pensamiento tan arcaico y machista, o acaso naciste de una vaca?

Y la criatura que culpa tiene de las que se mandan los padres???, a tu cliente bien que le gustó tener un hijo, no??? ahora, a hacerse cargo, y hay basta jurisprudencia que menciona que el hecho de tener un hijo no es argumento para reducir la cuota alimentaria.

Y también hay jurisprudencia donde considera a la indemnizacion por despido embargable para pagar cuota alimentaria. Asi que, como muy bien dijo el colega que criticaste por decir verdades, que abra la billetera y lo piense dos veces antes de hacer hijos si no tiene dinero para mantenerlos.
 #1085926  por buenosairesfamilia
 
Te repito lo que dije:

"Si bien no se puede alegar que tener más hijos implica tener menos obligaciones para con los hijos anteriores, es decir, no afecta la obligación alimentaria en sí," En esta parte estamos de acuerdo. Tener mas hijos no implica tener menos responsabilidades.

"si afecta el cuantum de la cuota, es decir, es una pauta que hay que tener en cuenta para establecer o modificar el monto de la cuota." Aca es donde te confundis. Tener mas hijos es una pauta que el juez tiene que tener en cuenta al momento de establecer la cantidad de la cuota. Esto se aplica siempre y cuando el ingreso del padre sea limitado y no gane dinero suficiente para mantener a ambos.

No se en donde litigas vos. Yo litigo en provincia de buenos aires (como lo induce mi nickname). Donde litigo yo la jurisprudencia te dice lo que te acabo de decir. Te transcribo una resolución de la SCJBA para que no te queden dudas de ese punto:

"El nacimiento de nuevos hijos impone al alimentante mayores requerimientos económicos que hacen razonable una reducción de la carga que ya soporta con relación a los anteriores, en una medida que permita conciliar equitativamente sus deberes paternales con relación a unos y otros; tal reducción debe materializarse en la medida que no altere sustancialmente la satisfacción de los requerimientos alimentarios originales.-"
CC0100 SN 991894 RSI-125-99 I 6-4-99
N. de D. G. L. c/ D. F. A. s/ Alimentos y Régimen de visitas
MAG. VOTANTES: Maggi-Rivero de Knezovich
y devuelta en:
CC0100 SN 3947 RSI-357-1 I 17-5-1
Q. M. E. y G. E. J. s/ Separación personal, disolución sociedad conyugal, tenencia hijos y alimentos
MAG. VOTANTES: Telechea-Rivero de Knezovich-Porthé
y otra vez en:
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco

"La formación de una nueva familia, y el nacimiento de nuevos hijos, deben ser tenidas en cuenta como circunstancias que necesariamente han de incidir a la hora de fijar una cuota alimentaria o disminuir una anteriormente establecida."
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco

Mas claro hechale agua.
 #1085930  por DRA. MACA
 
Pues repetís MAL como lorito, vamos a iluminarte un poco, asi sacamos tu postura de hombre, puesto que seguro vos tambien naciste de una vaca:

LA EXISTENCIA DE OTRAS PERSONAS A CARGO DEL ALIMENTANTE COMO LOS HIJOS NACIDOS DE UNA NUEVA UNION SI BIEN ES UN ELEMENTO DE JUICIO A TOMAR EN CONSIDERACION PARA DETERMINAR EL MONTO DE LA CUOTA, NO JUSTIFICA LA FIJACION DE UNA CANTIDAD QUE NO PERMITA CUBRIR LAS NECESIDADES INDISPENSABLES DE LOS BENEFICIARIOS. (CNCic, sala C, , 1/11/83; ID., id., 27/08/1985; id., id, R. 135.698, 5/10/1993)

UY AHI HAY OTRO MAS :mrgreen:


"R., G. A. c/ V., L. S. y otros s/ disminución de cuota alimentaria s/incidente" - CNCIV - 12/11/2008

"Es dable puntualizar que no ha quedado demostrada en autos, ya que de la compulsa de los actuados se aprecia que el actor no acreditó, ni intentó demostrar, mediante prueba idónea, una disminución en sus ingresos. A su vez, demás está recordarle que ni la circunstancia de haber formado una nueva pareja y tenido un hijo con ella, con la consecuente necesidad de locar un inmueble para convivir con su nueva familia resultan eventualidades de inaceptable invocación en cuanto se orientan a soslayar el inexcusable deber del padre de proveer lo necesario para la subsistencia de sus descendientes; y sólo cabe exigirle absoluto empeño en la búsqueda de mayores medios de subsistencia y requerirle mayores esfuerzos, máxime cuando esos hechos no pueden afectar los derechos de sus hijos beneficiados por la cuota pactada."

NO CREO QUE MAS CLARO ECHALE AGUA, CREO QUE CONFUNDÍS AGUA CON ACEITE :lol:

COMO TE QUEDO EL OJO? 8) 8) 8) 8)
 #1086153  por buenosairesfamilia
 
Primero que nada, evidentemente cuando dije "te repito lo que dije" le estaba hablando a ccolalongo. No entiendo porque te sentiste aludida. Este mensaje si va dirigido a vos Maca. No te pongo el Dra. adelante porque claramente deberías de ir a devolver el título que te robaste.

Ahora bien, si leyeras todos mis posteos verías que dije bien claro que tener mas hijos NO EXIME DE LA RESPONSABILIDAD ALIMENTARIA PERO ES UNA PAUTA PARA TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE FIJAR EL MONTO DE LA CUOTA.

Hasta te publique un fallo de la SCJBA que en una oración te lo confirma: "La formación de una nueva familia, y el nacimiento de nuevos hijos, deben ser tenidas en cuenta como circunstancias que necesariamente han de incidir a la hora de fijar una cuota alimentaria o disminuir una anteriormente establecida.".

Evidentemente el error fue mio al creer que alguien con tus capacidades intelectuales podría llegar a comprender esto.

Sos tan pero tan ignorante que nisiquiera lees la jurisprudencia que citas: "LA EXISTENCIA DE OTRAS PERSONAS A CARGO DEL ALIMENTANTE COMO LOS HIJOS NACIDOS DE UNA NUEVA UNION SI BIEN ES UN ELEMENTO DE JUICIO A TOMAR EN CONSIDERACION PARA DETERMINAR EL MONTO DE LA CUOTA".

Podes decir todo lo que quieras ahora, no tengo planeado volver a desperdiciar mi tiempo respondiendo un posteo tuyo. No es mi trabajo quitarte lo bruta.
 #1086162  por DRA. MACA
 
buenosairesfamilia escribió:Primero que nada, evidentemente cuando dije "te repito lo que dije" le estaba hablando a ccolalongo. No entiendo porque te sentiste aludida. Este mensaje si va dirigido a vos Maca. No te pongo el Dra. adelante porque claramente deberías de ir a devolver el título que te robaste.

Ahora bien, si leyeras todos mis posteos verías que dije bien claro que tener mas hijos NO EXIME DE LA RESPONSABILIDAD ALIMENTARIA PERO ES UNA PAUTA PARA TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE FIJAR EL MONTO DE LA CUOTA.

Hasta te publique un fallo de la SCJBA que en una oración te lo confirma: "La formación de una nueva familia, y el nacimiento de nuevos hijos, deben ser tenidas en cuenta como circunstancias que necesariamente han de incidir a la hora de fijar una cuota alimentaria o disminuir una anteriormente establecida.".

Evidentemente el error fue mio al creer que alguien con tus capacidades intelectuales podría llegar a comprender esto.

Sos tan pero tan ignorante que nisiquiera lees la jurisprudencia que citas: "LA EXISTENCIA DE OTRAS PERSONAS A CARGO DEL ALIMENTANTE COMO LOS HIJOS NACIDOS DE UNA NUEVA UNION SI BIEN ES UN ELEMENTO DE JUICIO A TOMAR EN CONSIDERACION PARA DETERMINAR EL MONTO DE LA CUOTA".

Podes decir todo lo que quieras ahora, no tengo planeado volver a desperdiciar mi tiempo respondiendo un posteo tuyo. No es mi trabajo quitarte lo bruta.
Tus insultos y ponerte tan nervioso sólo me dan la razón (asi que gracias): nó solo naciste de una vaca, sino también sos de los abogados chantas de barrio que denostan la profesión, por lo tanto quien debe devolver el título sos vos enfermo.

Como mostraste la hilacha y encima quedaste en evidencia, intentás defender con insultos lo que como supuesto profesional (ya que no lo sos) lo que te equivocaste, no sabes leer evidentemente no leiste todo el fallo ENCIMA SOS TAN IGNORANTE QUE CORTASTE Y PEGASTE HACIENDOTE TU PROPIO RELATO :shock: :lol:

POBRE TIPO, NO LEISTE QUE LE RECHAZARON EL PLANTEO Y LO MANDARON A LABURAR EL DOBLE. NO...NO LEYO, NO, NO SUPO Y NO ENTENDIÓ.

Comprendo que como sos tan poco hombre te molesta que una mujer te haya embarrado la carita y demostrar que es años luz mas inteligente que vos, ah cierto, tu respuesta a esto fue cortar la parte del fallo que no le convenia a su postura y sacar el final jajajajajajjajajaja.

NO MAS PREGUNTAS. PERDISTE EL CASO FRACASADO RESENTIDO. 8) 8) 8) 8) 8) 8)

CHE EN SERIO NO LEISTE QUE LE RECHAZARON EL RECLAMO JAJAJAJAJJAAJJ POBRE TIPO!!!!!!!!!!!!!!! DESPUES ME ACUSA DE NO SABER LEER, FEO ACUSAR A LOS DEMAS DE LO QUE UNO HACE JAJAJJJAA HE LEIDO GENTE EN ESTE FORO PERO VOS SOS EL REY DE LA IGNORANCIA!!!!!

ANDA A LA UNIVERSIDAD QUE NUNCA PASASTE POR ELLA Y A LA PRIMARIA QUE NO SABÉS LEER, AHORA, QUIEN ES EL BRUTO? :roll:

REPITO, COMO TE QUEDÓ EL OJO? :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
 #1086362  por luciperez
 
Buenos dias
Dra.maca la.verdad que.no.parece que usted tenga tanta objetividad ya que me.propino.insultos a mi y si yo me pongo en.los zapatos de un cliente a usted no.le.interesa, y si tengo una.hija.pero laburo yo y miarido para enfrentar sus gastos y los de la flia toda y no le menti a una.pareja solo para retrnerlo y encima no trabajar y vivir de lo que el.padre de.mi hijo me de, me parece que hay muchos casos asi,creo que una mujer con 27 anos,viviendo de lo que le.da el.padre de.su.hijo
Y sus padres,no trabajando y queriendo sacar mas plata por mes dr donde sea eso no es una buemaadre si lo fuera la.plata se la dejaria a.su.hijo como corresponde y ella saldria a rrabajar.todos lps dias.como lo hacemps.la.gente de bien,no te parece.
Estos.son.los casos que.me.sacan de quicio y tengo muchas clientas que pelean.por la cuota pero laburan esas si son dignas de ayidar en cambio a trepadoras como estas.no gasto un.minuto.en fundamentarles.nada
Pensa lo que quieras seguramente vos seras una de esas mujeres.di tanto defendes lo.indefendible
 #1086364  por luciperez
 
Buenosairesfamilia,muchas gracias por tus comentarios veo que.sos mas objetivo que las otras dos foristas y fuiste realmente al.punto que.pregunte y no a realizar un.juicio de valor
Por esto te pregunto si vos has visto.la forma.de plantear que la.suma.de dinero que se le.entrego por.la retencion de la.indemn sea considerada como pagos a futuro de las cuotas,seria como que.se le.entrego de antemano las.cuotas de meses.subsiguientes, esta fuw mi pregunta principal ya que he leido en este.foro que.se hizo.en.varias ocasiones
 #1086365  por luciperez
 
Ahh me olvidaba dra maca yo solo.pregunte la que comenzo a decir cosas que no venian.al.tema fue la otra forista,y vos por lo.menos contesta.un.poco con.altura porq tus.comentarioa.son muy basicoa