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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1087085  por LARIELA20
 
Estimados colegas, buenas tardes.
Les agradezco puedan ayudarme con la siguiente consulta?
He leído la Resolución de ANSES al respecto y de la misma surge la necesidad de acreditar el 33% o más de incapacidad a efectos del derecho al beneficio. Mi duda es: el porcentaje no lo dictamina la Comisión Médica de ANSES (al momento de iniciar el trámite, otorgan el turno para ello, en los casos de Jubilac. por Invalidez), no ocurre lo propio en este caso? O acaso el titular debe ir ya con el dictamen que indica el porcentaje? Tenía conocimiento que los dictámenes de Juntas Médicas distintas a la Com. Méd. de ANSES, a los efectos previsionales, NO son vinculantes (para ANSES, valga la redundancia). Esto es así? Muchas gracias.
 #1087105  por coraso
 
Hola, el dictamen lo efectua la comision medica central, al igual que en los rti. Ahora, lo importante es que lleves pruebas medicas que logren acreditar no sólo que tiene 33% de incapacidad sino que ademas trabajo 10 años con ese porcentaje de incapacidad.
Saludos
 #1087305  por AUKA
 
Hay que acompañar documentación de época (de hace 10 años o más) que acredite la discapacidad en un 33%. Registros médicos, resúmenes de historias clínicas, recetas, etc. Y si es congénita la enfermedad o dolencia discapacitante, acreditar justamente eso, que es congénita.
 #1087568  por VCZECHOWICZ
 
HOLA A TODOS

ME PUEDEN COPIAR EL TEXTO DE LA RESOLUCION DE ANSES QUE HABLA SOBRE LA MINUSVALIA.
Y QUIERO HACERLES OTRA CONSULTA, EL SOLICITANTE PUEDE SEGUIR TRABAJANDO Y COBRAR LA JUBILACION Y UNA VEZ QUE SE RETIRA COMPLETAMENTE PUEDE PEDIR UN REAJUSTE Y COMO SERIA EL REAJUSTE.
Y EL CALCULO DEL HABER JUBILATORIO CUANDO LA PERSONA LO SOLICITA ES COMO EL CALCULO NORMAL DE LA JUBILACION ORDINARIA PBU PC MAS PAP Y LOS ULTIMOS 120 REMUNERACIONES EN RELACION DE DEPENDENCIA. GRACIAS.
DARIO