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  • Inscripción de divorcio 22172: 2 consultas sobre mismo tema.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1087107  por juanlu
 
Hola a todos. Primer divorcio con contrayentes en extraña jurisdicción.
1º consulta
Tengo un divorcio de mutuo acuerdo, último domicilio conyugal CABA, se casaron en Córdoba. Ya tengo el Testimonio ley 22172 confrontado y firmado por juez y secretario (aun no lo legalicé). En la diligenciadora me piden testimonio y además oficio ley firmados por juez y secretario. Presenté oficio ley en el juzgado y me lo observan: "va con firma de letrado". Volví a la gestoría y repitieron lo mismo y no creo que en el juzgado se equivoquen.
¿Presento el oficio en la gestoría sólo con mi firma y me arriesgo a que lo reboten?
¿Insisto en el juzgado por si la empleada se equivocó?
¿Quién firma cada cosa? y ¿Qué documentación es necesaria?

2º consulta

Al fin del fallo de divorcio el juez consigna:

"Firme que se encuentre la presente, líbrese testimonio ley 22.172 a fin de proceder a su inscripción en el registro de origen de celebración del matrimonio. Fecho, a los fines de la inscripción de la sentencia dictada en autos en esta jurisdicción, juntamente con el matrimonio celebrado en extraña jurisdicción asentado en partida de fecha ................, acta n° .. tomo .. folio .. Oficina ....... Departamento ...... Provincia de Cordoba; líbrese oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Capital Federal con los recaudos de estilo, al que se agregará acta original de la referida inscripción.

Entonces, ¿esto está bien? ¿Además de hacer la inscripción marginal en Córdoba hay que inscribirlo acá? ¿Siempre se hizo la doble inscripción o es algo nuevo? Porque me suena raro que haya que inscribirlo en CABA si nunca hubo registro alguno de ese matrimonio. Y en CABA ¿en qué libro de actas lo anotan?

Una novedad atrás de otra... Como siempre, espero sus comentarios que me aclaren el panorama, agradeciendo por adelantado.
 #1087167  por buenosairesfamilia
 
Que raro que te hayan puesto esa observacion. Yo que vos vuelvo al juzgado y le pregunto en persona al que confronta los oficios a que se refiere, porque los letrados solo podemos firmar los oficios que son de informes. Las inscripciones solo las pueden ordenar los magistrados.
 #1087342  por juanlu
 
Gracias por contestar, buenosairesfamilia. Mañana vuelvo al juzgado y hablo con alguien más despierto que la chica de mesa. ¿Y de la inscripción en el Registro de Capital del divorcio de este matrimonio que se casó en Córdoba, sabés algo, te pasó alguna vez? Saludos y gracias de nuevo.
 #1091834  por juanlu
 
Finalmente se aclaró todo, paso a relatarles. Fui al juzgado e insistieron con que el juez y secretario firmaban testimonio, pero oficio no lo firmaban, alegando que iba firmado por mí; llevé todo a la diligenciadora y no querían recibirme el oficio porque no tenía las firmas del juzgado. Me mostraron otro oficio y testimonio que tenían ahí, firmados ambos por juez y secretario, de otro juzgado.

Fui al juzgado recaliente y al llegar había un tipo del otro lado, sin saco, mirando los estantes con expedientes; le digo a la chica que quiero hablar con la secretaria por este problema del oficio y el tipo se acerca y me dice que es el juez. Le explico el problema y me dice que en efecto, ellos sólo expiden testimonio. Le digo que tiene razón, pero que él no me firma el oficio y en la diligenciadora no me lo aceptan sin firma, así que en el medio quedo yo, 1 mes atrasado porque no puedo remitir todo a Córdoba (le expliqué que en Córdoba un original va al Archivo y otro al Registro, eso me dijo la empleada de la diligenciadora). Finalmente aceptó firmar un oficio pero que no tuviera parte dispositiva (yo armé el oficio parecido al testimonio, con parte dispositiva), así que lo cambié, lo borré y volví al juzgado y el juez lo firmó junto con la secretaria.

El oficio quedó así:


C.A.B.A., 9 de Febrero de 2015



OFICIO LEY 22.172


Al Sr. Director del Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas de la ciudad de Ucacha
Depto. de Juárez Celman - Provincia de Córdoba


Tengo el agrado de dirigirle el presente oficio en autos "XXXXXXXXXXXXXXXX s/Divorcio art. 215 Código Civil, Expte. XXXXXXXXXXXX/14, que tramita por ante este Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 25, a cargo del Dr. Lucas Cayetano Aón, Secretaria única a cargo interinamente de la Dra. María Florencia Bucich, sito en la calle Lavalle 1220 6° piso, a fin de que se sirva disponer lo necesario para anotar la sentencia de divorcio vincular que en Testimonio se acompaña, decretada en autos con fecha XXXX de Diciembre de 2014, poniendo nota marginal en la Partida de Matrimonio celebrada en la localidad de Ucacha, Depto. de Juárez Celman, Pcia. de Córdoba, el XX de XXXXXXXXXXXX de XXXX, asentado en el Acta N° XX Tomo N° XX, Folio N° XX, entre la Sra. XXXXXXXXXXX, D.N.I. XXXXXXXXX y el Sr. XXXXXXXXXXX, D.N.I. XXXXXXXXXX

ACÁ BORRÉ LA PARTE DISPOSITIVA, COMO ME DIJO EL JUEZ: NO SÉ SI CORRESPONDE, PERO YO QUERÍA TERMINAR DE UNA VEZ CON ESTO.

Informo que el Tribunal oficiante es competente para entender en el presente en virtud de lo dispuesto por el art. 5 inc 8 del C.P.C.C.N.

Se deja constancia de que se encuentran autorizados a correr con el diligenciamiento del presente oficio, el Dr. Juan LuXXXXXXXXX y/o abogados o procuradores con facultades de sustituir, matriculados en la jurisdicción donde deba practicarse la medida.

Saludos cordiales,


Últimos datos:

La legalización con el sello de cuño seco (no es sello de agua, es un sello que golpea la hoja y la deja con relieve) al testimonio y oficio, en Lavalle 1220 PB al fondo... ¡¡¡¡¡¡ES GRATIS!!!!!! Pregunté de cuánto era el estampillado y dijeron que NADA... INÉDITO.

Para enviarla a Córdoba, en Cardigonte me pidieron $1.300 y $370 más si quería el original de la partida con inscripción
marginal más otro original. En la casa de Córdoba me cobraron $605 por las 2 actas... es 1 luca menos, no es broma.

Espero les haya servido. Saludos

Ahora tengo que averiguar para qué hay que inscribir el divorcio librando oficio al Regsitro Civil de la calle Uruguay...