represento a la actora en un expediente que me abrieron a prueba. la demandada fue declarada rebelde. tengo que pedir fecha para absolver posiciones igual ? o desisto de la prueba.? que me aconsejan . gracias.
Te abrieron a prueba...pero no te proveyeron la misma?. Igual pedí que se provea la prueba confesional o que se fije audiencia, porque siempre es bueno tener una confesión (ficta) tal como se dan los caracteres del caso.
Pero en realidad, se necesita citar al domicilio denunciado (real) para absolver, y yo me pregunto: Vale la pena la perdida de tiempo?, vale la pena remover el hormiguero, y que en una de esas se te presente pidiendo salir de la rebeldía, y pudiendo inclusive como es su derecho apelar la sentencia y pedir apertura a prueba en segunda instancia?
A los interrogantes de Sailaw, yo respondo que no vale la pena. Si bien, hemos estudiado a los procesalistas en diversas obras sobre la confesión ficta, la realidad nos marca que los jueces no merituan dicha prueba. Es decir, no he visto una sentencia que se funde en ella.
vale la pena "remover el hormiguero": es preferible que se presente ahora solicitando el cese de la rebeldía, y no más adelante -en cualquier estado del proceso- planteando una nulidad de todo lo actuado (si es que quedó notificado BRPA).
Si se presenta ahora, comparecerá a la audiencia confesional. Y en su momento, seguramente el Juez no vaya a tener en cuenta las posiciones. Pero si no llega a comparecer, el abogado tiene que hacer valer la confesión ficta (en esa oportunidad, y también después en el alegato).
gracias a todos. tengo mas pruebas, pero no sabia que hacer con esta.me libraron el ato de apertura a prueba. ahora que esta firme voy a pedir que me provean las pruebas y sobre la marcha veo que hago, porque encima es otra jurisdiccion que tardan dos meses en notificar. otra ves gracias. saludos