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  • Telegrama ley 24013, domicilio cerrado

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1088005  por Javnic
 
Colegas, les hago una pequeña pregunta a ver si con su experiencia alguien puede orientarme.
Inicio un intercambio epistolar de una persona que trabaja en negro. Por lo tanto envío telegrama intimando ley 24013 e intimo que en el plazo de 2 días manifiesten si se acogerán a la regularización solicitada (art. 57 LCT). Uno lo dirijo al empleador y uno a AFIP. El telegrama que envío a AFIP no hay problema, lo entregan. El que envío al empleador no se entrega por domicilio cerrado luego de la 2º visita , luego dice "plazo vencido, no reclamo".
Con esto entiendo que luego de la 2º visita no había nadie en el domicilio y se dejó aviso (llame al correo y me dijeron que así proceden).
La pregunta es la siguiente. Me conviene mandar un telegrama diciendo que ante silencio al telegrama anterior se considera despedido por su exclusiva culpa e injuria laboral...... e intimo el pago de la liquidación con todos los rubros más la multa de la Ley 24013 o me conviene enviar un telegrama reiterando el anterior.
En lo personal y por lo leído (jurisprudencia, doctrina, y casos similares de este foro) me inclinaría por considerar despedido al empleado sin más vueltas, pero por ahí vi que alguno aconsejan reiterar el telegrama basándose en el principio de buena fé.-
desde ya gracias por sus opiniones
 #1088006  por dagaboasol
 
Lo de reiterar esta en vos y en tu santa paciencia...Ahora si manda ante el silencio tendrias q esperar los 30 dias como dice la law argenta. :mrgreen:
 #1088017  por Javnic
 
Hola Sol y a todos los demás foristas. Gracias por la respuesta. Habiendo intimado que diga en el plazo de dos días hábiles si se acogerá a la regularización solicitada (Art. 57 LCT), ¿hace falta esperar los 30 días igualmente?. Ya que se lo considera notificado yo iba a considerarlo despedido por silencio del empleador conforme a lo previsto en el art. mencionado anteriormente.
¿no se aplica dicho artículo en este caso?
Saludos
 #1088019  por dagaboasol
 
...en la practica se espera los 30 dias habiles. Lo de los 2 dias es una utopia como la CN. :mrgreen: Pero vos hace como te parezca, yo espero... :evil: :roll: :twisted: