HOLA NECESITO QUE ME ORIENTEN SOBRE QUE TENGO QUE HACER. AQUI PEGO EL DECRETO.
Agréguense declaraciones juradas que se acompañan. Tiénese presente lo manifestado. En consecuencia y proveyendo a fs. 8/10: Téngase a los comparecientes por presentados, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Admítase - en cuanto por derecho corresponda - la presente solicitud de BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, la que se tramitará de conformidad a lo dispuesto por los arts. 101 y sgtes. Y 426, 427, 507 y ctes. del Cód. Proc.; y en su mérito exímase al compareciente de oblar Tasa de Justicia y aporte Ley 8404 hasta tanto recaiga resolución sobre la misma. Dése intervención al Ministerio Fiscal, a la Area de Dirección de Administración del Poder Judicial (Art. 23, Ley 9009) y a la Caja de Previsión y Seguridad Social para Abogados y Procuradores de la Provincia (A.R. N° 363 Seria "A" del 20-5-98 del T.S.J. y Art.23 Ley 8404). Cítese a los organismos mencionados y a la contraria (Art. 104 del Cód. Proc.) para que dentro del plazo de seis días tomen participación en los presentes autos, bajo apercibimientos expreso de que si así no lo hicieren, no serán más citados o notificados. Téngase presente la prueba ofrecida. Hágase saber a la actora de autos, que deberá tramitar la presente solicitud de modo tal que la misma sea resuelta con anterioridad al dictado de Autos para resolver que pudiere corresponder en la causa principal, para la cuál se requiere la presente solicitud. Déjese constancia de la promoción del presente en los obrados principales. NOTIFÍQUESE
Agréguense declaraciones juradas que se acompañan. Tiénese presente lo manifestado. En consecuencia y proveyendo a fs. 8/10: Téngase a los comparecientes por presentados, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Admítase - en cuanto por derecho corresponda - la presente solicitud de BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, la que se tramitará de conformidad a lo dispuesto por los arts. 101 y sgtes. Y 426, 427, 507 y ctes. del Cód. Proc.; y en su mérito exímase al compareciente de oblar Tasa de Justicia y aporte Ley 8404 hasta tanto recaiga resolución sobre la misma. Dése intervención al Ministerio Fiscal, a la Area de Dirección de Administración del Poder Judicial (Art. 23, Ley 9009) y a la Caja de Previsión y Seguridad Social para Abogados y Procuradores de la Provincia (A.R. N° 363 Seria "A" del 20-5-98 del T.S.J. y Art.23 Ley 8404). Cítese a los organismos mencionados y a la contraria (Art. 104 del Cód. Proc.) para que dentro del plazo de seis días tomen participación en los presentes autos, bajo apercibimientos expreso de que si así no lo hicieren, no serán más citados o notificados. Téngase presente la prueba ofrecida. Hágase saber a la actora de autos, que deberá tramitar la presente solicitud de modo tal que la misma sea resuelta con anterioridad al dictado de Autos para resolver que pudiere corresponder en la causa principal, para la cuál se requiere la presente solicitud. Déjese constancia de la promoción del presente en los obrados principales. NOTIFÍQUESE
