Hola colegas
Tengo un expdte del juzgado 8 con sentencia firme, el juzgado ordeno la devolución de las actuaciones administrativas y notificar al anses en forma masiva que la sentencia ha quedado firme.
Uds saben si debo yo remitir el expdte o el juzgado lo hace? Dado que no ordeno libramiento de oficio.
Por otro lado por lo que lei debo pedir copias certificadas de las sentencias y de las notificaciones de las sentencias, es asi? Una vez que cuento con la documentación presentada en anses debo esperar los 120 dias verdad? Pero ese plazo corre respecto desde cuanto se recibio el expte administrativo? O las copias de las sentencias? Gracias!
Tengo un expdte del juzgado 8 con sentencia firme, el juzgado ordeno la devolución de las actuaciones administrativas y notificar al anses en forma masiva que la sentencia ha quedado firme.
Uds saben si debo yo remitir el expdte o el juzgado lo hace? Dado que no ordeno libramiento de oficio.
Por otro lado por lo que lei debo pedir copias certificadas de las sentencias y de las notificaciones de las sentencias, es asi? Una vez que cuento con la documentación presentada en anses debo esperar los 120 dias verdad? Pero ese plazo corre respecto desde cuanto se recibio el expte administrativo? O las copias de las sentencias? Gracias!