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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1092454  por Iusgus2013
 
Buenas Colegas! Queria hacerles una consulta: Aclaro que no soy especialista en previsional,por lo que si mi pregunta es burda sepan disculpar. Queria saber si una persona que tiene 40 años de aportes y tiene 62 años le corresponde un porcentaje mayor al momento de jubilarse que quien cuenta con 30 años. Desde ya muchas gracias. Saludos
 #1092683  por 82x100to
 
Sí, por supuesto. Si necesitás más precisiones, no dudes en preguntar.
 #1092705  por Iusgus2013
 
82x100to escribió:Sí, por supuesto. Si necesitás más precisiones, no dudes en preguntar.

Gracias por tu respuesta. 44 años de aportes. La mayor cantidad en el Estado. 62 años de edad. Que porcentaje le corresponde?
 #1092722  por 82x100to
 
Una primer aproximación, en concepto de Prestación Compensatoria (PC) más Prestación Adicional por Permanencia (PAP): 66 % (1,5 % anual) del promedio de las remuneraciones percibidas en los últimos 10 años (120 meses) actualizadas a la fecha de liquidación del beneficio.

Puede influir en el porcentaje antedicho, para mejor o peor según juegue un "perverso" (a mi exclusivo juicio) redondeo, de las fracciones de años anteriores y posteriores al 30/JUN/94. Si te interesa, con las fechas de inicio y cese podemos afinarlo un poquito más.

A lo que surja del cálculo anterior, se adiciona una cifra fija en concepto de PBU (Prestación Básica Universal) que para el semestre MAR/15 a AGO/15 fue establecida en $ 1.805,53.-

Saludos
 #1093709  por Iusgus2013
 
82x100to escribió:Una primer aproximación, en concepto de Prestación Compensatoria (PC) más Prestación Adicional por Permanencia (PAP): 66 % (1,5 % anual) del promedio de las remuneraciones percibidas en los últimos 10 años (120 meses) actualizadas a la fecha de liquidación del beneficio.

Puede influir en el porcentaje antedicho, para mejor o peor según juegue un "perverso" (a mi exclusivo juicio) redondeo, de las fracciones de años anteriores y posteriores al 30/JUN/94. Si te interesa, con las fechas de inicio y cese podemos afinarlo un poquito más.

A lo que surja del cálculo anterior, se adiciona una cifra fija en concepto de PBU (Prestación Básica Universal) que para el semestre MAR/15 a AGO/15 fue establecida en $ 1.805,53.-

Saludos

Muchisimas gracias por tu respuesta!

Hombre nacido en diciembre de 1952.
Trabaja desde los 18 años hasta la actualidad (45 años de aportes). Los ultimo 25 en el Estado (Municipal). Aún sigue trabajando, en pronto retiro.

Saludos!
 #1093723  por 82x100to
 
Asumiendo que se tratan de servicios comunes y para que tengas en cuenta el caso del redondeo que te comentaba:

1) Para el cálculo de la Prestación Compensatoria (anterior al 30 Jun 94):
Desde el 01 Ene '71 al 30 Jun '94: Hay 23 años completos y una fracción de 6 meses. Para que dicha fracción pueda ser considerada como 1 año más se necesitan más de 6 meses, que en tu caso lo veo poco probable, excepto que:
-Haya cumplido 18 años el 01 Dic '70 y, desde luego, comenzado los aportes desde esa misma fecha
-Y que aproximadamente en el '90, cuando se habría producido el ingreso a la actividad pública, no hubiera existido ninguna interrupción en los aportes.
De no darse esas circunstancias, la fracción que resulte se perdería.

2) Para el cálculo de la Prestación Adicional por Permanencia (posterior al 30 Jun '94)
Desde el 01 Jul '94 a hoy: Son 20 años completos y una fracción de 9 meses. En este caso sí, la fracción suma un año más y totaliza 21 años.

Suponiendo que cesara hoy, como 23+21=44, daría igual al valor que habíamos estimado antes. Como seigue en actividad, tendría que cesar recién en el 2016 para computar 45.

Saludos
 #1093725  por zaffaroni
 
Iusgus2013 escribió:Buenas Colegas! Queria hacerles una consulta: Aclaro que no soy especialista en previsional,por lo que si mi pregunta es burda sepan disculpar. Queria saber si una persona que tiene 40 años de aportes y tiene 62 años le corresponde un porcentaje mayor al momento de jubilarse que quien cuenta con 30 años. Desde ya muchas gracias. Saludos
no hace falta ser especialista en previsional para sentarse y leer *leo* *leo* *leo* la ley. primero pongase a estudiar *leo* *leo* y despues si quiere venga a sacarse las dudas
 #1093726  por zaffaroni
 
Iusgus2013 escribió: Hombre nacido en diciembre de 1952.
Trabaja desde los 18 años hasta la actualidad (45 años de aportes). Los ultimo 25 en el Estado (Municipal). Aún sigue trabajando, en pronto retiro.[*]
Saludos!
:?: :?:
 #1093809  por Iusgus2013
 
82x100to escribió:Asumiendo que se tratan de servicios comunes y para que tengas en cuenta el caso del redondeo que te comentaba:

1) Para el cálculo de la Prestación Compensatoria (anterior al 30 Jun 94):
Desde el 01 Ene '71 al 30 Jun '94: Hay 23 años completos y una fracción de 6 meses. Para que dicha fracción pueda ser considerada como 1 año más se necesitan más de 6 meses, que en tu caso lo veo poco probable, excepto que:
-Haya cumplido 18 años el 01 Dic '70 y, desde luego, comenzado los aportes desde esa misma fecha
-Y que aproximadamente en el '90, cuando se habría producido el ingreso a la actividad pública, no hubiera existido ninguna interrupción en los aportes.
De no darse esas circunstancias, la fracción que resulte se perdería.

2) Para el cálculo de la Prestación Adicional por Permanencia (posterior al 30 Jun '94)
Desde el 01 Jul '94 a hoy: Son 20 años completos y una fracción de 9 meses. En este caso sí, la fracción suma un año más y totaliza 21 años.

Suponiendo que cesara hoy, como 23+21=44, daría igual al valor que habíamos estimado antes. Como seigue en actividad, tendría que cesar recién en el 2016 para computar 45.

Saludos

Muchisimas gracias por tu amabilidad y tu tiempo. Saludos-1