Hola una consulta: Estoy tramitando una sucesión testamentaria en CABA pero el testamento se extravío, solo presente copia del mismo y pedí que se libre oficio al Colegio Escribanos de la Ciudad de Bs. As. el proveído dice Así:
"En atención a lo solicitado y resultando menester contar con testamento dejado por el causante, líbrese oficios al Registro de Instrumentos Privados del Colegio Público de Abogados de esta ciudad, en los términos del art.400 del CPCC"
Porque si pedí al Colegio de Escribanos me piden que lo diligencie en el Colegio de Abogados? es lo mismo? No hay que demostrar si hay o no testamento, yo estoy pidiendo que el Colegio de Escribanos remita el Testamento en 2° copia original (por lo que detallo los datos conforme a la copia que anexe en autos). Alguien sabe? si puede ser un error del Juzgado? que ordeno al Coleg. de Abogados en vez de al de Escribanos...? El 400 no va a confronte no? lo firmo y solo ellos ponen el sello no?
Muchas gracias
Saludos
"En atención a lo solicitado y resultando menester contar con testamento dejado por el causante, líbrese oficios al Registro de Instrumentos Privados del Colegio Público de Abogados de esta ciudad, en los términos del art.400 del CPCC"
Porque si pedí al Colegio de Escribanos me piden que lo diligencie en el Colegio de Abogados? es lo mismo? No hay que demostrar si hay o no testamento, yo estoy pidiendo que el Colegio de Escribanos remita el Testamento en 2° copia original (por lo que detallo los datos conforme a la copia que anexe en autos). Alguien sabe? si puede ser un error del Juzgado? que ordeno al Coleg. de Abogados en vez de al de Escribanos...? El 400 no va a confronte no? lo firmo y solo ellos ponen el sello no?
Muchas gracias
Saludos

