Buenas, me llegò un caso al borde la prescripciòn,un trabajador que sufre un accidente en ocasión de prestar tareas año 2013 . Junio!!, para su empresa, otro estudio demanda a la ART , se iniciò en forma correcta en el fuero laboral ,pero fue rechazaa por el Juzgado dado que no se planteò la Inconstitucionalidad del los art. y n con lo cual el juzgado se declara incompetente y manifiesta que se ocurra por la vìa civil , no se apelò y recibo este pleito , ya hice una mediaciòn civil quedando expedita la vía, lo inicaré como "Daños y Perjuicios" seguro esta semana que viene , mi consulta colegas es:
Dado que se inicia en el fuero civil , invoco el art 1.113 CC dada la conducta omisiva de la ART en su función de control de las condiciones de trabajo que "tiene a su cuidado" lugar donde el actor desarrollaba sus tareas. Ahora bien una vez hecho este encuadre jurìdico que Uds pueden o no coincidir, la acción , y disculpen mi Ignorancia. lleva el título " INICIA DEMANDA POR ACCIÓN CIVIL DAÑOS Y PERJUICIOS " Es decir se inicia de èsa forma , no invoco la LRT. verdad.? .-Gracias y nuevamente disculpen mi burrada o ignorancia
Dado que se inicia en el fuero civil , invoco el art 1.113 CC dada la conducta omisiva de la ART en su función de control de las condiciones de trabajo que "tiene a su cuidado" lugar donde el actor desarrollaba sus tareas. Ahora bien una vez hecho este encuadre jurìdico que Uds pueden o no coincidir, la acción , y disculpen mi Ignorancia. lleva el título " INICIA DEMANDA POR ACCIÓN CIVIL DAÑOS Y PERJUICIOS " Es decir se inicia de èsa forma , no invoco la LRT. verdad.? .-Gracias y nuevamente disculpen mi burrada o ignorancia