Hola a todos, mi consulta es para saber si en Pcia. de Bs. As. el acompañamiento de la Declaración jurada patrimonial más el informe de dominio de los bienes que entran en la regulación, es requisito suficiente para que el Juzgado regule honorarios o es necesario también que se acompañe la escritura correspondiente (si los bienes son inmuebles, obvio).
Muchas gracias!
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