Buenos días gente, les queria hacer una consulta breve para que me orienten si son tan amables.
Llevo una sucesión en San Martin por un seguro de vida de $35000 y le pido al juez que no se publique en diario edictos ya que el ARTÍCULO 734°: (Texto según Ley 14365) habla de 900 Jus y me provee el escrito diciendo que por el monto se debe abonar a lo que intuyo que aplico el ARTICULO 734°: (Texto Ley 8.689/77) que habla de $30000.
Yo estoy muy errado o me aplico una ley vieja? Les consulto porque es mi primer expediente fuera de CABA.
Desde ya muchas gracias.
Llevo una sucesión en San Martin por un seguro de vida de $35000 y le pido al juez que no se publique en diario edictos ya que el ARTÍCULO 734°: (Texto según Ley 14365) habla de 900 Jus y me provee el escrito diciendo que por el monto se debe abonar a lo que intuyo que aplico el ARTICULO 734°: (Texto Ley 8.689/77) que habla de $30000.
Yo estoy muy errado o me aplico una ley vieja? Les consulto porque es mi primer expediente fuera de CABA.
Desde ya muchas gracias.
