Buenas Colegas. Estoy realizando un intercambio telegrafico (voy por parte del empleado), por una relacion sin registrar y despido indirecto. Cerre intercambio telegrafico en dos ocasiones porque el abogado de la otra parte siguio respondiendo, es más sigue remitiendo Carta Documento a mi clienta. Mi consulta es si debo seguir contestando las cartas habiendo cerrado ya el intercambio? Porque a las claras no tiene problema en seguir enviando CD. Por mi parte entiendo que no, ya que lo he cerrado, pero agradeceria quien pueda disipar mi duda. Gracias
Si ya cerraste intercambio telegráfico, en principio no haría falta seguir respondiendo, dependiendo obvio del texto que te envíe el ex-empleador (por ejemplo si intima a algo, ahí si responde. SI sigue negando la relación por la cual ya cerraste intercambio, no hace falta).
Saludos,