hola, por favor me podrán ayudar, tengo una duda con respecto a la caducidad de instancia.
Es una causa laboral por despido que se inicio en Prov.Bs.As. (año 2002), luego como la demanda se había presentado en quiebra (cap. fed), el tribunal de Trabajo de Prov. se declara incompetente y la causa tiene abstracción en la quiebra.
En los 3 cuerpos hay 5 demandados (los representantes de la sociedad y 3 demandados por ser continuadores de la sociedad.)
En el 2004 el abogado de la parte actora renuncia y notifica a mis clientes por cedula.
Desde el 2005 más o menos se paraliza el Exp. En el 2007 me presento como nueva Abogada, pero no realizo actividad procesal. El viernes recibo una cedula de uno de los demandados que pide la caducidad de la instancia con costas, art. 310 inc. 4 (incidente caducidad) tomando como base la ultima fecha (2003) .
1) pregunta el plazo para contestar es 5 dias?
2) El demandado (que pide la caducidad) no realizo actividad procesal solicitando la caducidad desde que se paralizo, puede pedir ahora la caducidad?
3) En el exp. Principal (quiebra) se declaro la clausura.
Es una causa laboral por despido que se inicio en Prov.Bs.As. (año 2002), luego como la demanda se había presentado en quiebra (cap. fed), el tribunal de Trabajo de Prov. se declara incompetente y la causa tiene abstracción en la quiebra.
En los 3 cuerpos hay 5 demandados (los representantes de la sociedad y 3 demandados por ser continuadores de la sociedad.)
En el 2004 el abogado de la parte actora renuncia y notifica a mis clientes por cedula.
Desde el 2005 más o menos se paraliza el Exp. En el 2007 me presento como nueva Abogada, pero no realizo actividad procesal. El viernes recibo una cedula de uno de los demandados que pide la caducidad de la instancia con costas, art. 310 inc. 4 (incidente caducidad) tomando como base la ultima fecha (2003) .
1) pregunta el plazo para contestar es 5 dias?
2) El demandado (que pide la caducidad) no realizo actividad procesal solicitando la caducidad desde que se paralizo, puede pedir ahora la caducidad?
3) En el exp. Principal (quiebra) se declaro la clausura.