Hola gente del foro, es para hacer una pregunta simple. En la demanda, qué domicilio del empleador pongo? Mi Codigo Procesal laboral de SANTA FE, ordena poner el "domicilio real". Pero escuché que en la práctica se puede optar por el domicilio real (donde la persona vive, come, duerme, etc) o el domicilio laboral (donde trabajaba mi cliente, que es un restaurante)
El domicilio real del empleador, creo que lo pude averiguar (figura como su domicilio fiscal en el ticket que da el restaurante, y en el padron electoral de SANTA FE figura ese domicilio)
Las intimaciones previas (telegramas) los cursé con igual contenido en los dos domicilios.
Y luego a qué domicilio notifico la demanda por cédula?
Gracias colegas.
El domicilio real del empleador, creo que lo pude averiguar (figura como su domicilio fiscal en el ticket que da el restaurante, y en el padron electoral de SANTA FE figura ese domicilio)
Las intimaciones previas (telegramas) los cursé con igual contenido en los dos domicilios.
Y luego a qué domicilio notifico la demanda por cédula?
Gracias colegas.