estimados colegas, me encuentro en una disyuntiva. estoy como representante de la parte acreedora de un mutuo con gtia hipotecaria. evite por medio de negociaciones la ejecucion inminente. estamos dialogando un nuevo acuerdo, dado que el mutuo original era en dolares, y por motivos de publico conocimiento a la deudora le fue imposible adquirilos.
ahora bien, de llegarse a un acuerdo con nuevas pautas, en pesos y por ende diferentes porcentajes de intereses, para que no se deprecie. deberia volcarlo como novacion o subcontrato? se que deberia hacerlo por escritura publica, ya que el original esta asi y conforme art. 1017 y ponerlo como accesorio del de mutuo original. y mantener la garantia hipotecaria.
aunque estamos modificando las condiciones esenciales del primer contrato. lo que no quiero es que ante el posible incumplimiento de este nuevo acuerdo quede desprotegido ni salga perdiendo mi cliente.
es mi primer acuerdo extrajudicial. acepto sugerencias. muchas gracias, como siempre.
Saludos
ahora bien, de llegarse a un acuerdo con nuevas pautas, en pesos y por ende diferentes porcentajes de intereses, para que no se deprecie. deberia volcarlo como novacion o subcontrato? se que deberia hacerlo por escritura publica, ya que el original esta asi y conforme art. 1017 y ponerlo como accesorio del de mutuo original. y mantener la garantia hipotecaria.
aunque estamos modificando las condiciones esenciales del primer contrato. lo que no quiero es que ante el posible incumplimiento de este nuevo acuerdo quede desprotegido ni salga perdiendo mi cliente.
es mi primer acuerdo extrajudicial. acepto sugerencias. muchas gracias, como siempre.
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