Buen día colegas, les queria hacer una consulta, por una duda que tengo dada mi inexperiencia, tuve un convenio de alimentos, la apertura decuenta para que se realicen los depositos y el oficio a la empleadora, lo debe hacer la parte actora o demandada (voy por el demandado). En el convenio dice que la cuenta es a nombre de la alimentada y a la orden de la actora. Disculpen la pregunta pero como estoy iniciando tengo un millon de dudas. Gracias !