Alguien me puede decir si interpreto los arts 660 y 661 CCC asi:
- mientras se trate de un adolescente ( 13 a 18) puede reclamar alimentos por derecho propio, con asistencia letrada (Art 660)
- cuando cumpla 18, lo tiene que representar el otro padre, reclamando la cuota hasta los 21 o 25 en caso de corresponder.
O sea, mientras sea menor de edad actua por derecho propio y cuando llega a la mayoria lo tiene que representar su progenitor conviviente ?????? WFT
- mientras se trate de un adolescente ( 13 a 18) puede reclamar alimentos por derecho propio, con asistencia letrada (Art 660)
- cuando cumpla 18, lo tiene que representar el otro padre, reclamando la cuota hasta los 21 o 25 en caso de corresponder.
O sea, mientras sea menor de edad actua por derecho propio y cuando llega a la mayoria lo tiene que representar su progenitor conviviente ?????? WFT