Colegas: Buen dia, me mande una macana gigante, necesito un consejo. Un cliente portero de edificio, me consulta por haber sido despedido. Inicio el intercambio telegrafico y pese a percatarme de la existencia del estatuto especial, me olvido de mencionarlo en el intecambio, y solo menciono LCT y mas leyes laborales, Inicio Seclo, enumero esas leyes y marco "otros" en reclamos porque no estan los estatutos enumerados. Me confie porque habia visto jurisprudencia donde se aplicaba. Y ahora leo mas sobre el tema y entre en panico por entender que lo encare mal. Aun no hay audiencia. Hay modo de solucionarlo?
Esta jurisprudencia vi y me confundi
CONTRATO DE TRABAJO. Portero. Prestación de servicios en un condominio - mini ciudad. Complejo "Marinas golf". Despido indirecto. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA del consorcio de propietarios del complejo y de la empresa administradora, empleadora del actor. Art. 29 Ley 20744. RESPONSABILIDAD ilimitada y solidaria del presidente de la empresa administradora. Incorrecta registración de la fecha de ingreso del trabajador. Art. 274 y Art. 59 Ley 19550. INDEMNIZACIONES. Delegado. Tutela sindical. Art. 52 Ley 23551. Art. 80 Ley 20744
Alguna idea?