Gente, celebramos con el demandado un acuerdo en la vista de causa por el cual iba a depositar el monto indemnizatorio en 4 cuotas, sin embargo, no cumplió ni la primera cuota en el mes de Julio del corriente, al ver el expediente donde solicite un perito interventor recaudador, me encuentro con una "dación en Pago" por un importe menor al 10 por ciento de lo acordado. Una tomadura de pelo. No fui notificada. Mi idea es presentar un escrito rechazando la dación y pedir que ese importe se tome como a cuenta de lo adeudado. ¿Procedo bien así o se puede tomar como que consiento ese monto como modo de cancelar la obligación del empleador (deudor)?