Hola colegas, después de mucho tiempo tengo mi primer "TRASLADO DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA" en provincia de buenos aires (morón).
Breve: actor manda 1° TCL (fecha X) reclamando correcta registración y ante silencio reitera (2°TCL) se contacta el empleador y le dice aguanta que te voy a poner en regla, dame unos días, el hombre quería volver a trabajar y le cree, por o que espera. Y casi un mes después telegrama de despido, así de una.
Dudas: el abogado del actor opone PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, basandose en la fecha de envío de los telegramas previos a que lo despidan, si no estoy equivocado se empieza a contar los 2 años del 256 LCT desde que lo despiden , verdad? en la excepción dice que esos telegramas reclamando correcta registración son un accionar RUPTURISTA por eso se debería contar desde allí. Aparte, el hecho de mandar los telegramas lo esta colocando en mora (se reclamaba hs. extras y dif. salariales.)y en todo caso suspendería el plazo de prescripción por 1 año verdad?
Me dan su opinión desde su experiencia?
Breve: actor manda 1° TCL (fecha X) reclamando correcta registración y ante silencio reitera (2°TCL) se contacta el empleador y le dice aguanta que te voy a poner en regla, dame unos días, el hombre quería volver a trabajar y le cree, por o que espera. Y casi un mes después telegrama de despido, así de una.
Dudas: el abogado del actor opone PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, basandose en la fecha de envío de los telegramas previos a que lo despidan, si no estoy equivocado se empieza a contar los 2 años del 256 LCT desde que lo despiden , verdad? en la excepción dice que esos telegramas reclamando correcta registración son un accionar RUPTURISTA por eso se debería contar desde allí. Aparte, el hecho de mandar los telegramas lo esta colocando en mora (se reclamaba hs. extras y dif. salariales.)y en todo caso suspendería el plazo de prescripción por 1 año verdad?
Me dan su opinión desde su experiencia?